La reforma política del año 2008, las PASO: es legal una sola lista, pero no funcionan.
Reflexionando sobre la proximidad de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y escribiendo algo al respecto, me encuentro con que en el artículo 19 de la ley 26.571 sobre “Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral” los partidos, según la ley, sí pueden presentar una sola lista:
“ARTICULO 19. — Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar sus candidatos a cargos públicos electivos nacionales y de parlamentarios del Mercosur mediante elecciones primarias, en forma simultánea, en todo el territorio nacional, en un solo acto electivo, con voto secreto y obligatorio, aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista” (Infoleg).
O sea que desde el año 2009 el candidato que quiere competir dentro de un espacio político pero el partido no lo acepta, por ejemplo, Lousteau o Cristina, tiene que presentarse en otro partido. ¿Esto no lleva a más fragmentación de partidos? ¿No sería suficiente la cantidad de avales que pueda conseguir el precandidato para elegir el espacio político en el cual participar?
El razonamiento de Cristina es, como no quiero competir con Randazzo, presento un nuevo partido político “Frente Ciudadano” y en el caso de Lousteau, como no quieren competir conmigo, me voy a otro espacio político: “Evolución”. ¿Acaso dos precandidatos que disputando en un mismo espacio (Florencio-Cristina; Martín-Elisa) no pudieran obtener los mismos resultados?
“Espero que cumplamos también con esto como venimos cumpliendo con tantos compromisos que la democracia debía, con la democratización de los partidos políticos. Que ya nadie pueda decir que hay dirigentes designados a dedo, candidatos designados a dedo, listas cerradas en las cuales no pueden participar, etcétera.
Cuando todos los ciudadanos tengan la obligación de ir a votar por el candidato que mejor les parezca y por el partido que mejor les parezca en la primaria, sabrán que están decidiendo la antesala de quién o quiénes van a conducir los destinos de la República Argentina desde su Poder Legislativo y desde su Poder Ejecutivo.” (CFK 28/10/2009, discurso de promulgación en la casa rosada).
Si el espíritu de la ley era que en los partidos políticos no se siga eligiendo a dedo, pues la ley no dio resultado, en el caso de Lousteau, el partido Cambiemos está decidiendo que el precandidato no puede competir dentro de su espacio. El razonamiento de Cristina es porque no quiere perder con Randazzo y el de Lousteau es porque quiere tener la chance igual, son los de su propio espacio los que se conciben perdedores con él. La ciudadanía debería leer esto y no legitimar la lógica del partido, el partido no es quién decide, son los ciudadanos. Dos acciones opuestas: el partido no me quiere, yo no quiero al partido.
Por más ley que haya, esto nos demuestra que los personalismos siguen definiendo las candidaturas, el abanico de opciones será amplio esta vez. Randazzo tendría que haber formado su propio partido cuando no pudo competir en su espacio, claro que recursos materiales y tiempo no se disponen en pocos meses. Cambiemos está haciendo lo mismo que la ciudadanía vio mal cuando Cristina lo hizo con Randazzo, no lo deja competir a Lousteau en su propio espacio. ^����
