Luces y sombras del sistema de tutela de adultos

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En ocasiones, en el Centro nos encontramos con personas solas, con problemas de salud mental o deterioro cognitivo, que no cuentan con familiares cercanos y se hallan en una situación extremadamente vulnerable. Recientemente atendí a un señor mayor con problemas cognitivos al que un “amigo”, bajo el pretexto de cuidarle, le estaba sustrayendo dinero de la cuenta bancaria. El mayor vivía en un entorno insalubre, con acumulación de enseres y basura, no recibía los cuidados necesarios, y vivía en la pobreza pese a tener ingresos. Tras investigar el caso y contactar con un pariente lejano, con un extracto de la cuenta pudimos verificar las retiradas de efectivo. Hemos elaborado un informe social dirigido a Fiscalía para que se valore si procede iniciar un procedimiento de incapacitación y establecer una medida de tutela o curatela, para la protección de este usuario y su patrimonio.

La incapacitación y la tutela son medidas de protección jurídica, económica, personal y social, necesarias para evitar abusos o situaciones de desprotección. Cuando las personas experimentan un deterioro cognitivo que merma su capacidad de juicio para gestionar su persona y asuntos económicos, pueden verse expuestos a situaciones de desprotección (malgastar grandes sumas de dinero o ser engañados por personas sin escrúpulos). Para evitar estos riesgos y proteger sus intereses y su patrimonio, es necesario que alguien asuma estas responsabilidades en su nombre. En la mayoría de los casos suele ser alguien de la familia, pero si no existen familiares con capacidad de hacerse cargo, esta función puede asumirla una entidad. En caso de ser una asociación, debe ser una entidad sin ánimo de lucro y figurar entre sus fines la protección de las personas incapacitadas.

La incapacitación y designación del tutor habrá de ser formalizada por resolución judicial. En aquellos casos en los que la persona mantiene un cierto grado de autogobierno, se podrá establecer una medida de curatela (que puede reducirse únicamente a aspectos concretos recogidos en la sentencia judicial, y complementa la capacidad de la persona sin sustituirla).

En España hay diversas entidades tutelares, públicas y privadas, que asumen la tutela de personas con enfermedad mental, discapacidad intelectual, o mayores con deterioro cognitivo. Entre las entidades públicas se encuentra la Agencia Madrileña de Tutela de Adultos de la Comunidad de Madrid (AMTA), el Instituto Almeriense de Tutela, la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de Aragón, la Comisión de Tutela de Adultos de Extremadura, el Instituto Tutelar de Bizkaia y otros organismos similares dependientes de diputaciones, cabildos o comunidades autónomas.
También existen fundaciones tutelares privadas, algunas de ellas especializadas en colectivos concretos y otras que tutelan a una diversidad de usuarios. Entidades como la Fundación Manantial, Fundación Nadir, la Fundación Aldaba, Fundación Lar, Futumad, Apanid, Fundisval, Fundiscap, Apmib, Aztegui, Futucan. Aspanias, Fundación Pere Mata, Fundación Nou Camí o Futurioja.

El sistema de tutela de adultos tiene luces y sombras. Entre los logros del sistema, es necesario mencionar a los miles de profesionales comprometidos con los usuarios en su día a día. Profesionales expertos en las áreas social, económica y jurídica, que aplican un modelo de Atención Centrada en la Persona, y cuya labor permite que muchas personas mayores, solas, con discapacidad intelectual, o con enfermedad mental se encuentren amparadas pese a no tener familiares cercanos, y reciban atención personal, apoyo jurídico, apoyo en la toma de decisiones, acompañamiento, supervisión, y protección de sus derechos. Estos servicios contribuyen a la calidad de vida, autodeterminación y participación en la comunidad de las personas tuteladas.

Sin embargo, en el sistema también se han dado situaciones inadmisibles. En la Comunidad de Madrid, muchas familias de las 3.200 personas tuteladas han denunciado presuntas irregularidades por parte de la AMTA, con acusaciones de opacidad en el manejo del patrimonio del tutelado, presunta gestión irregular, falta de acceso al dinero para cubrir las necesidades básicas del tutelado, y acusaciones graves de abandono, desamparo y muertes en la soledad y en la indigencia. Las familias denuncian que ha llegado a transcurrir más de un año sin que se elabore un inventario de patrimonio de la persona tutelada (la ley establece un plazo de 60 días), con el riesgo consiguiente de expolio de los bienes durante ese tiempo. Las familias han creado la Asociación por los Derechos y la Dignidad de los Adultos Tutelados, y exigen la elaboración de una ley integral que proteja a estas personas. Pilar Palao, presidenta de la Asociación por los Derechos y la Dignidad de los Adultos Tutelados, compareció ante el Pleno de la Asamblea de Madrid el 6 de marzo de 2017, y en su comparecencia denuncia lo siguiente:

“Una persona que toda la vida ha vivido con su pensión y ha sabido administrar su dinero, y que convive con una hija, cuando va la hija a decirle a la trabajadora social: mira, con la extraordinaria de Navidad quiero comprarle un abrigo a mi padre, porque ha engordado. A lo que la trabajadora social le contesta: para lo que sale tu padre le tapas con una manta y ya está, que no le hace falta nada más. Esto no me lo ha contado nadie, señorías, porque estaba yo delante. Fíjense como no es solamente el área económica lo que importa aquí. Se les ha roto la caldera hace tres semanas. Y ese aviso rápido y ese convenio rápido que tienen tanto con Provivienda, como con el 112, hace que lleven tres semanas sin calefacción y sin agua caliente. Hace diez días tuvimos una vista en el juzgado, para una audiencia de parientes, para ver si se podía resolver el conflicto familiar previo, este señor se puso enfermo y cuando llamaron al 112 le contestaron que le dieran una manzanilla. Se volvió a llamar a las dos horas, a las 14 horas, porque el señor no respiraba, y a las 19 horas aparece un médico que le ingresa de inmediato, porque se había agravado su estado debido al conflicto que había padecido. Por tanto, no señorías, no funciona el convenio con el 112 para la atención permanente a los tutelados.” (Extraído del Diario de Sesiones del Pleno de la Asamblea de Madrid, 06.03.2017, pág 31)

Por su parte, desde la oficina de comunicación de la AMTA señalan que se rinde cuentas anualmente de la gestión del patrimonio de cada tutelado en el juzgado y la fiscalía a través de una aplicación informática (Peiton) que permite el acceso directo e inmediato a todos los datos, y que se realiza el inventario de los bienes que integran el patrimonio de cada tutelado en los 60 días que establece la ley. Palao responde que “en la presentación del Plan Estratégico para la AMTA 2016–2021 echamos en falta la voluntad de tratar a cada uno de los tutelados de forma personalizada, humana y digna; eso sí, se dispone de una maravillosa aplicación informática para los profesionales, pero les aseguro que esto no redunda en el beneficio de la vida de los tutelados”.

También en las fundaciones tutelares privadas ha habido denuncias por expolio y apropiación indebida. La Fundación AFAL Futuro fue denunciada en 2014 ante la Fiscalía Anticorrupción por expoliar presuntamente a sus tutelados con Alzheimer. Familiares y exempleados apoyan la denuncia. La Fiscalía de Madrid ha solicitado seis años de prisión por un presunto delito de apropiación indebida para Jaime Conde, director de la Fundación AFAL, y solicita también penas de prisión para nueve miembros de AFAL por apropiarse de más de ocho millones de euros mediante trasferencias injustificadas a empresas ligadas a la fundación, y varios testamentos a favor de la fundación que podrían ser falsos.

La Asociacion Española de Fundaciones Tutelares para personas con discapacidad intelectual en un informe de 2015, indica:
“Es también conveniente recordar la necesidad de sostener siempre una reflexión ética en la actividad de las entidades tutelares y muy especialmente en el esfuerzo permanente para evitar ser juez y parte, evitando conflicto de intereses ni influencia indebida. Debemos evitar que sea la misma persona, generalmente jurídica, que presta directamente los apoyos o los servicios sea a su vez la encargada de velar por la persona y sus intereses”.

Esta entidad no es partidaria de que el organismo que ejerce la tutela sea el mismo que provee los servicios residenciales o apoyos, para permitir que el tutor sea exigente con respecto a esos servicios, y evitar situaciones en las que la entidad tutelar pueda tener intereses contrapuestos a los del tutelado.

Esta asociación, que agrupa 27 fundaciones tutelares, señala que el sistema tiene una serie de problemas. La falta de financiación pública acorde con el número de tutelas que asumen, dificultad para mantener el modelo de atención personalizada debido al desfase entre el número de tutelas y la financiación que reciben. La financiación depende en gran medida de subvenciones y donaciones puntuales, lo que disminuye ka capacidad de respuesta a las necesidades, por falta de recursos humanos. Todo esto disminuye la capacidad de dar una atención personalizada, convirtiéndose exclusivamente en un servicio de gestión patrimonial, sin capacidad de proporcionar apoyo personal a las personas tuteladas. Esta entidad denuncia esta situación, que impide materializar correctamente el modelo de Atención Centrada en la Persona y dificulta el cumplimiento de lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Para realizar correctamente su labor, se precisan equipos interdisciplinares, con profesionales del área social, económica y jurídica, y una plantilla suficiente para realizar un acompañamiento individualizado, que respete las preferencias de la persona tutelada y su proyecto personal de vida.

Pilar Palao, la directora de la Asociación por los Derechos y la Dignidad de los Adultos Tutelados, en su comparecencia ante la Asamblea de Madrid en 2017 exigió medidas de control y auditoría más puntuales y precisas que evitaran un nuevo caso Afal, unas Memorias de actividad de las entidades tutelares más detalladas que permitan conocer las ratios de atención, un código de buenas prácticas de obligado cumplimiento, planes específicos de atención, y subraya la necesidad de que las tutelas no se conviertan en un negocio del que obtener rentabilidad. Añade que esta asociación no duda de la profesionalidad de los trabajadores de la Agencia, pero sí tiene muchas dudas respecto a la gestión.

Las personas tuteladas constituyen uno de los colectivos más vulnerables de nuestra sociedad. No están en condiciones de gobernarse por sí mismas, y se encuentran en riesgo de sufrir abusos en sus intereses y derechos. Las personas tuteladas que no disponen de familiares cercanos y necesitan ser tuteladas por una entidad, son los más vulnerables entre los vulnerables, ya que se encuentran a merced de la buena (o mala) praxis y la conducta ética de la entidad. Por ello, es necesaria una regulación jurídica exhaustiva e integral a nivel estatal, para garantizar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y minimizar el riesgo de apropiación indebida, abandono, desamparo o malas prácticas.
Por parte de las Administraciones Públicas, es esencial dotar de recursos humanos y materiales a las entidades tutelares, así como legislar para evitar las malas prácticas, y auditar de forma adecuada la gestión de las entidades. Por su parte, las entidades tutelares deben cumplir escrupulosamente la normativa, y cumplir con el principio de transparencia, para disipar cualquier duda sobre su gestión.

    Carmen Alemany Panadero

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