La violencia económica estructural hacia las mujeres
La República Argentina tiene una Ley Nacional Nº 26.485 de Protección Integral de la Mujer. En su artículo 5º, se considera a la violencia económica y patrimonial como una de las formas de violencia hacia la mujer. Se la define como:
“La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
- La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
- La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
- La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
- La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.”
Afirmo que lo anterior está restringido a la violencia económica interpersonal, cometida por individuos a mujeres con quienes tienen un vínculo. Pero existe una violencia económica estructural, causada por arreglos institucionales y culturales hacia las mujeres como género:
- Doble jornada. Tradicionalmente y todavía en muchos hogares, incluso la mujer que trabaja fuera de casa debe llegar y ocuparse de las tareas domésticas, de crianza y de cuidado de personas. Esto obviamente reduce posibilidades para educarse y capacitarse profesionalmente. Por no mencionar que la sobrecarga de trabajo significa menos tiempo libre y menor calidad de vida. Estas tareas constituyen un trabajo productor de valor para el capital, pues reproducen la fuerza de trabajo actual y producen nueva fuerza de trabajo. Sin embargo, el trabajo doméstico y de crianza, asignado a la mujer “por naturaleza”, es considerado un trabajo privado y ni siquiera es remunerado.
- Desvalorización de la fuerza de trabajo femenina. Si bien en la ley se menciona la inequidad salarial respecto a los varones, no se le reconoce un carácter estructural. Da la impresión que fuera resultado de la acción individual de innumerables empleadores con prejuicios machistas, y que la solución fuera que cada mujer denuncie a su empleador para obtener un sueldo justo. Lo que realmente sucede es que se considera al salario femenino como “complementario” y que las mujeres, estructuralmente, están más expuesta a la precarización laboral y a tener un más difícil acceso a puestos laborales de prestigio social y bien remunerados.
- El techo de cristal. Las mujeres tienen que hacer mucho más esfuerzo que los hombres para conseguir ascender al mismo puesto. En la consideración por un puesto jerárquico, ya sea en empresas, el Estado, partidos políticos u otras organizaciones, ser mujer es una desventaja. A medida que vamos ascendiendo en la jerarquía laboral, vamos encontrando a menos mujeres.
- Feminización y masculinización de ramas del trabajo. Por inercia cultural y otros factores, existen ramas del trabajo prácticamente cerradas a las mujeres y ramas del trabajo donde éstas son la abrumadora mayoría. Esto suele ser causado por una extensión de los roles de género en la familia al mundo del trabajo, siendo los trabajos relacionados al cuidado y a lo doméstico lo más feminizado, y también los que cuentan con menor prestigio social y remuneración. De manera que, solapado a las condiciones generales de explotación de la clase obrera, la inserción laboral de las mujeres se da en peores condiciones salariales y de prestigio que los varones.

La eliminación de la violencia económica interpersonal hacia las mujeres es una cuestión de reducir el número de individuos que tiendan a cometerla y que el sistema judicial funcione en favor de las víctimas. Se necesitan cambios importantes en la educación, la cultura, la familia y el poder judicial.
La eliminación de la violencia económica estructural hacia las mujeres necesita de cambios profundos en el mundo del trabajo y en las políticas gubernamentales que van en contraposición directa a los intereses capitalistas, ya que significa quitarles una gran porción de plusvalía de la que hasta ahora se han apropiado.
Para cumplir estos objetivos se necesita de una lucha política masiva y a la vez consciente de la división de la sociedad en clases antagónicas y del papel de las instituciones familia, Estado, y escuela en el sistema de dominación de clase.
Lecturas
LEY NACIONAL Nº 26.485 DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES
Mariarosa Dalla Costa. Las mujeres y la subversión de la comunidad