¡Feliz Cumpleaños!

Román Sugo
Feb 23, 2017 · 3 min read

En el año 2008 fue votada la Ley 18.381 (1)(Derecho de Acceso a la Información Pública), reglamentada recién dos años después ya con un nuevo presidente en el poder (2). Como dice en su artículo primero, esta ley pretende “promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública” entendiendo a la información pública como “toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público”.

En lo personal me gusta que esta ley entiende a la información pública como un derecho que tenemos todos los ciudadanos, incluyendo el propio uso que le puedo dar. Con el fin de llevar adelante algunos chequeos que se han publicado en UYCheck, pero sobre todo como material valioso para Del Dicho al Hecho, he recurrido muchos pedidos de acceso a través del portal realizado por las organizaciones D.A.T.A. y CAinfo: http://www.quesabes.uy/. Para aquellos que no lo conocen, mediante esta herramienta uno puede realizar un pedido de acceso a la información con un mecanismo muy similar a enviar un correo electrónico sin tener que presentarse en el mostrador de la oficina a la cual le realizamos la solicitud. Luego de realizado en la página uno puede hacer el seguimiento del mismo y hasta obtener la información por esa vía.

Hasta el momento de hacer el pedido todo funciona a la perfección, pero luego comienzan los problemas. Si bien, he tenido casos que puedo catalogar como muy exitosos, también tengo de los otros. El título de este post hace referencia a un cumpleaños. Es que hace pocos días se cumplió un año de varios pedidos que realizamos para la evaluación del primer año de gestión del presidente Vázquez, y otro tanto que estan proximos a cumplir su primer año en algunos gobiernos departamentales. Con esto no quiero decir que el no cumplimiento de la ley se de a un nivel de gobierno concreto, sino que parecería un mal general. Si bien he escuchado que algunos organismos tienen muy buena disposición y responden rápido, otros no.

Un estudio realizado por Rafael Piñeiro y Cecilia Rossel (2014), en el cual realizaron 320 solicitudes a organismos públicos con distintos perfiles de los solicitantes (empresario hombre, empresaria mujer, ciudadana mujer que invoca la ley, ciudadano hombre que invoca la ley, periodista hombre y periodista mujer, y ciudadano común tanto hombre como mujer) fueron respondidas favorablemente solo el 17,2% de ellas. Si bien los autores en sus conclusiones indican que no parece existir un sesgo de género ni de profesión dado el porcentaje bajo de respuestas satisfactorias, los hombre reciben más respuestas que las mujeres. Otro aspecto que destacan los autores, es que la tasa de respuesta es mayor cuando se invoca la ley en el texto (3).

Muchas veces las personas funcionamos en base a castigos, y en algunos casos las instituciones también. Si no se dota a la UAIP (Unidad de Acceso a la Información Pública) de recursos para ejercer un mejor contralor y sobretodo la potestad de aplicar sanciones difícilmente la situación mejore, si el funcionario público ve la información como Gollum al Anillo Único, es decir como su tesoro y no libera la información solicitada, o simplemente no conoce la ley, los ciudadanos no estaremos pudiendo ejercer este derecho que concede la ley.

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1- https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18381-2008

2- http://www.cainfo.org.uy/2010/08/uruguay-reglamenta-ley-de-acceso-a-la-informacion-publica/

3- http://library.fes.de/pdf-files/bueros/uruguay/11587.pdf

    Román Sugo

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