Información para todos en Argentina
Acceso restringido
Luego de haber sido sancionada por la Cámara de Diputados y a pesar de que aún no fue implementada, la Ley de Acceso a la Información Pública genera controversia por la dependencia con el Poder Ejecutivo que tiene el organismo de control que la regulará.

La primera ley de acceso a la información se decretó en Suecia, en 1776, amparada por la OEA y la ONU por ser “un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”. Ha sido aplicada en varios países del mundo bajo distintos modelos. Hoy, la Argentina debate su implementación y la independencia de su organismo de control.
Antecedentes americanos
En México, fue sancionada en 2004 y tiene como organismo de control al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, con autonomía operativa y presupuestaria, además de ser el encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho a la información; resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso y proteger los datos personales en poder de las dependencias y entidades.
El Instituto está integrado por cinco comisionados, nombrados por el Poder Ejecutivo. La Cámara de Senadores puede objetar los nombramientos por mayoría y, cuando se encuentre en receso, por la Comisión Permanente con la misma votación. La instancia legislativa tiene treinta días para resolver, tras lo cual, se entenderá como no objetado el nombramiento. El cargo dura siete años, sin posibilidad de reelección. El Instituto, para efectos de sus resoluciones, no está subordinado a autoridad alguna, adopta sus decisiones con plena independencia y cuenta con los recursos humanos y materiales necesarios para el desempeño de sus funciones.
México, este año, ocupó el primer lugar de la clasificación global de derecho a la información, elaborado por organizaciones internacionales no gubernamentales agrupadas en el Centre For Law and Democracy y Access Info Europe. La ley mexicana obtuvo 136 puntos de 150, lo que indica que la ciudadanía puede acceder fácilmente a la información pública. Sin embargo, la organización no gubernamental que promueve medidas contra crímenes corporativos y corrupción política, Transparencia Internacional, casi simultáneamente publicó el ranking del Índice de Percepción de corrupción donde México se ubica en el puesto 95 de 168, mejorando posiciones pero manteniendo el mismo nivel de corrupción.
En 1966, bajo la presidencia de Lyndon Johnson y tras la guerra de Vietnam, se creó en Estados Unidos la FOIA (Freedom of Information Act) que procura que cualquier ciudadano pueda pedir información federal que no esté entre las nueve excepciones que protegen intereses como la seguridad nacional o la privacidad de los individuos. La FOIA depende del Poder Ejecutivo pero tiene dentro de cada departamento de Estado una persona que se ocupa de regular los requerimientos, supervisada por la Oficina de Política de Información del Departamento de Justicia.
En el sitio web de FOIA puede encontrarse toda la información circundante a la ley. Dentro de la sección ¿Where to make a FOIA request? (hacer un pedido de FOIA), hay una lista de los departamentos de Estado habilitados, desde el de Agricultura al de Justicia. Después de seleccionar el departamento, por ejemplo, el de Seguridad, se selecciona la oficina, por ejemplo el FBI, y ahí aparecen las distintas formas de contacto (mail, teléfono, etc.) por las cuales hacer el pedido de información. Ahora, hay 9 exenciones.
Aparte de las exenciones y de los casos exitosos de pedidos de información, ha habido numerosas críticas al cumplimiento de la ley en cuestiones más sensibles. En marzo de 2015, luego de pasados dos años del pedido original en octubre de 2013, la American Civil Liberties Union (ACLU), organización civil que tiene como misión la defensa de los derechos ciudadanos, demandó en una corte neoyorquina al gobierno que estaba violando la FOIA al denegar información básica sobre el programa de asesinatos dirigidos por drones (Targeted killing program). Junto con el New York Times, pidió información sobre las razones del asesinato de Anwar al-Aulaqi, el primer ciudadano estadounidense asesinado por un ataque de drone, su hijo Abdulrahman y Samir Khan. La CIA denegó el pedido en 2014, alegando que “si alguno de esos documentos existiese, estarían actual y propiamente clasificados”.
Son famosos los hechos que, en 2010, Wikileaks hizo públicos con la filtración de un video bajo el nombre de “Collateral Murder” (Asesinato colateral), cuando dos helicópteros estadounidenses abrieron fuego en contra de un grupo de iraquíes, asesinando a 12 de ellos, incluyendo a dos periodistas de la agencia Reuters, que en 2007 pidió la información bajo el amparo de FOIA pero no tuvo respuesta. En el minuto 4 del video, se escucha que uno de los soldados norteamericanos a bordo del helicóptero dice: “Oh, sí, mira a esos bastardos muertos”, a lo que otro le contesta: “Qué lindo”. Hoy, los miembros de Wikileaks, que hicieron de este asesinato encubierto una cuestión de importancia pública, son acusados de terrorismo cibernético por haber amenazado la seguridad nacional norteamericana.
La versión argentina
Tras la sanción de la Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina volvió a ponerse en tela de juicio al organismo de control, como sucedió con la Ley de Medios y la Oficina Anticorrupción.
La ley fue sancionada en la Cámara de Diputados con 182 votos a favor y 16 en contra. No tuvo en cuenta los cambios propuestos por el Senado. Uno de ellos, el artículo 20, le daba poder a la Cámara alta para confirmar o rechazar al candidato propuesto por el Ejecutivo.
El director de la Agencia deberá ser ciudadano, mayor de 30 años y contar con título universitario. Durará cinco años en su cargo, con la posibilidad de ser reelegido por una única vez. Tendrá rango y jerarquía de subsecretario y no podrá dedicarse a otra actividad, lo cual sería incompatible en su cargo. En caso de remoción, el Congreso, en una comisión bicameral, emitirá un dictamen no vinculante.
El proyecto de ley también fue criticado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels ), que cuatro meses atrás, en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso, presentó una intervención en la que señaló la “incompatibilidad del órgano administrativo que debe asegurar el cumplimiento de la ley, con los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos” a través de un documento que elevó propuestas de modificación a artículos específicos: una de ellas, reparándose en el modelo de ley de la OEA, daba cuenta de que debían elegirse cinco directores y que entre ellos votaran un director ejecutivo, elegido por mayoría simple. También le daba la elección de los candidatos al Poder Ejecutivo, pero con acuerdo del Senado.
Además, el Cels propuso:
- Agencia de Acceso a la Información Pública. Luego de analizar la integración y los mecanismos de selección y remoción de la máxima autoridad de la Agencia, proponemos que sea conducida por un cuerpo colegiado que asegure una representación más plural que la contenida en el proyecto del Ejecutivo.
- Consejo Federal para la Transparencia. Consideramos fundamental que se fortalezca su rol, otorgándole la facultad de supervisar el trabajo de la Agencia de Acceso a la Información Pública. Creemos oportuno que se incorpore dentro del Consejo Federal a otros organismos públicos: un representante del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otro del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).
- El director de la Agencia de Información Pública será elegido por el Poder Ejecutivo Nacional y su designación será llevada a una audiencia pública para que, luego de siete días posteriores, dicho poder tome la decisión de confirmar o retirar la candidatura de la persona propuesta.
El diputado del Partido Obrero, Néstor Pitrola, señaló “Habiendo un caso de flagrancia del capitalismo mundial como el Panamá Papers, cabe preguntarse si esta ley nos ayudará a revelar informaciones vitales, como el listado del negociado del dólar futuro, como Cristóbal López, o el pacto confidencial entre YPF y Chevron. O si ayudara a conocer los archivos secretos que permitan terminar con la impunidad de la Amia o apurar los juicios a los genocidas, sin embargo esta es la excepción hecha ley, porque su artículo 8 guarda toda esa información esencial, encripta los corruptos organismos de inteligencia y seguridad, perpetúa los decretos reservados por 15 años y refuerza el secreto bancario, comercial e industrial, con los que se estafa todos los días al pueblo trabajador. Nuestro dictamen de minoría aborda todos esos puntos en concurrencia con nuestra lucha por la democracia política y por un Estado gestionado por los trabajadores mismos que son la mayoría nacional”.
Por otro lado el diputado salteño Juan Pablo Rodríguez, también del Partido Obrero, en una sesión de la Cámara objetó: “Esta ley tiene como característica principal no la consagración del derecho a la información sino la preservación de un conjunto de secretos que hacen a la propia esencia del estado, la excepción donde la regla no es la apertura de la información pública, es para guardar los secretos y la conspiración del estado contra el conjunto de los trabajadores”.
Martina Sabattini, Teo Bettoni, Agustín Maza, Morena Dobal.