Contexto normativo del Marcado CE y su aplicación
Cada vez son más las empresas que ya cuentan con el Marcado CE para la fabricación de estructuras metálicas.
Como ya es ampliamente conocido, el Marcado CE es OBLIGATORIO y exigible para aquellos productos para los que exista una norma armonizada o para los que se haya emitido una «Evaluación Técnica Europea» que ya se encuentre en período de aplicación. Para las estructuras metálicas, la norma de aplicación es la EN 1090–1:2011+A1:2012 y el inicio de la aplicación obligatoria es el 1 de julio de 2014.
Así mismo, para los productos que se encuentren fuera del ámbito de aplicación, está prohibido poner el “Marcado CE”, salvo casos excepcionales de aplicación voluntaria conforme al procedimiento adecuado recogido en el Reglamento. Cuando un producto es etiquetado con el “Marcado CE”, el fabricante está asegurando que ese producto cumple con todas las directivas o reglamentos europeos que le son de aplicación.
Por todo ello, es importante que seamos conscientes de los aspectos jurídicos del marcado CE y las consecuencias jurídico-legales de su incumplimiento. La comercialización de un producto que no cumple con los requisitos de las especificaciones técnicas o no dispongan del “Marcado CE” cuando éste sea obligatorio serán objeto de sanciones económicas y administrativas, además de otras de tipo penal o civil que se puedan derivar.