Collage y derechos morales del autor (*)

O cómo Gandalf ingresó a Paraguay sin avisar

Matias
Ad Marginem

--

Hablar de un criterio asentado para elegir qué publicar y con todos los resguardos legales necesarios se torna difícil cuando, en Paraguay, la única limitación para un autor es su capacidad de solventar el coste de impresión de sus creaciones literarias.

Se puede decir que Paraguay es uno de los principales países en fomentar la autopublicación literaria, en especial en su faceta impresa, limitándose el papel de las editoriales a fungir como meros nexos entre imprentas y autores.

Esta falta de criterio tiene su ejemplo más claro en el reciente caso de María Eugenia Garay y el uso indebido de las ilustraciones de varios artistas extranjeros, incluido John Howe, famoso por sus ilustraciones para los libros de “El Señor de los Anillos”. El conflicto podría haberse evitado si Ediciones Criterio hubiera asesorado a la escritora, como se supone debe hacerlo una editorial seria.

No existió un filtro que debió ser aplicado por Ediciones Criterio — hoy extinta — , asesorando a la escritora ante el posible conflicto con la utilización de esas ilustraciones.

Alejandro Gatti, responsable de Librería Intercontinental, “heredera” de Criterio Ediciones, ante la inquisitiva de si intervendría en el caso de apropiación ilícita expresó a ABC Color(1): “Lo que no tengo bien claro es si usar una imagen para un collage es válido o no, eso lo que habría que preguntarse”, añadiendo: “Si yo no recibo ninguna solicitud por parte de esos autores (de los dibujos) que yo intervenga, yo no tengo por qué hablar con nadie, me parece que lo lógico es que si realmente la persona se siente lesionada que se comunique con nosotros y vemos cómo solucionamos ese problema”. En la misma nota, el señor Gatti identifica a María Eugenia Garay como la responsable del “collage”.

La escritora de marras, saliendo al paso de las publicaciones en los distintos medios que se hicieron eco, declaró al Diario Última Hora(2) que desde su punto de vista, el «collage» permite a los escritores utilizar las ilustraciones que deseen sin mencionar la fuente”. Además, anuncia que todo el revuelo de este caso es obra del escritor Nelson Aguilera, quien fuera demandado por plagio por ella misma y, como consecuencia, condenado: “Lo que yo creo que me están buscando la vuelta para hostigarme (sic). Me llama mucho la atención que nueve años después de que se publicara el texto me vengan con esto, coincidentemente al mismo tiempo en que el señor Aguilera viene hostigándome por todos los medios”

Teniendo en cuenta que el “collage” de la señora es considerado como una obra derivada de la ilustraciones originales, cabría recurrir al inciso 22 de Artículo 2º de la ley 1328/98 de Derechos de Autor para echar un poco de luz sobre el asunto:

Obra derivada: es la basada en otra ya existente, sin perjuicio de los derechos del autor de la obra originaria y de la respectiva autorización, y cuya originalidad radica en la adaptación o transformación de la obra preexistente, o en los elementos creativos de su traducción a un idioma distinto.

Lo que la señora Garay no parece entender es que, incluso para un trabajo de collage, bajo el actual modelo de leyes de propiedad intelectual, sigue siendo imperativo obtener la autorización del creador de la obra original a ser utilizada para tal efecto.

¿Qué pasa con los derechos morales del autor?

Sumemos a esto los artículos 20 y 21 de la misma ley, que reconocen para el autor los derechos morales de Paternidad e Integridad de la obra, garantizándole el reconocimiento como tal y la potestad de oponerse a la modificación de su trabajo, respectivamente.

Por otra parte, si la escritora pretendiera escudarse en el Artº 39 de la mencionada ley, el cual estipula que no será necesario reconocer al artista original ni el pago de un canon por el uso de su obra, siempre y cuando este sea orientado a la enseñanza; y considerando que los libros de María Eugenia Garay fueron declarados de interés educativo por el Ministerio de Educación y Cultura, el mismo artículo en su primer inciso aclara que tal uso se realizará sin fines de lucro. Hasta la fecha, los libros de Garay pueden ser adquiridos a un precio promedio de G. 50.000 en Librería Intercontinental, figurando además en el catálogo online de Ediciones Técnicas Paraguay por el mismo precio, aunque ya agotados, según se pudo corroborar.

La primera denuncia fue hecha por un artista fanático de la obra de John Howe, quien descubrió a Gandalf — personaje de El Señor de los Anillos — en la portada de “En busca del Tesoro de los Dioses”, el cuarto libro de la saga “Un Viaje Fantástico”, para luego hacerla llegar hasta el ilustrador que acto seguido lo compartió con sus seguidores.

Gandalf en Paraguay y su probable reacción.

El revuelo del caso tiene su fundamento en que siendo Garay quien en un primer momento reclamó sus derechos autorales, y consiguió la condena de un colega por plagio, ahora sea la que vulnera los derechos de propiedad intelectual con el uso no autorizado de ilustraciones; y que una de estas esté relacionada de manera íntima con la obra de J.R.R. Tolkien.

Una editorial que se considere seria debería contar con, además de editores y correctores, abogados especializados en propiedad intelectual dedicados a cubrir todos los aspectos legales para que la empresa no se vea envuelta en este tipo de situaciones.

Que se haya tardado tanto tiempo en descubrir que el collage de Garay utiliza arte ajeno sin los permisos correspondientes es tan solo una consecuencia de varios factores, entre ellos el poco interés del paraguayo por los libros — interés que se manifiesta solo, y cada vez en menor medida, en las distintas ferias del libro — y la casi nula labor de marketing de las editoriales para promocionar las obras en sus catálogos.

Teniendo a su disposición a artistas nacionales que pudieron haber ilustrado con mucho gusto las portadas e interior de sus textos; incluso disponiendo también de obras de artistas extranjeros licenciadas bajo Creative Commons, que permiten la modificación y remix (collage) de las mismas a cambio del simple reconocimiento al autor original; María Eugenia Garay tomó la vía fácil y optó utilizar sin permiso las obras de John Howe y James C. Christensen.

Si el señor Nelson Aguilera cometió “plagio inteligente” con su obra, a pesar de que los distintos peritajes por parte de expertos en literatura — tanto nacionales como extranjeros — hayan concluido que no fue así; ¿cómo podríamos catalogar lo que la señora Garay hizo con Howe y Christensen? ¿Collage inteligente?

--

--

Matias
Ad Marginem

Metalero de resultados. ANTIFA scum & proud 🏴 Publico libros digitales en una isla analógica.