Si no es el FUT, ¿entonces qué? El 14bis y quater.

Leo Soto
Arreglando el mundo
7 min readMay 12, 2014

Publicado por Leo Soto el 12/05/2014.

En mi último artículo analicé los ejemplos de la ASECH y mostré que eran perfectamente compatibles con mis posts anteriores que mostraban que reponer el FUT (o menor dicho pasar a tributar sobre utilidad denvengada) beneficiaría de manera sustantiva sólo a empresas medianas (con suerte) y que el 14bis era la explicación del ejemplo más potente. Lo que quedó pendiente entonces es integrar régimenes especiales como el 14bis y 14quater en el análisis anterior en que reflejé la magnitud del efecto del FUT según el tamaño de una empresa.

Una manera de hacer esto son los siguientes gráficos. A diferencia de lo que he mostrado en posts anteriores, estos intentan cubrir muchos más factores y por tanto son un poco más complejos, pero no se asusten, son perfectamente entendibles. Primero, este es un mapa de la situación tributaria de las PYMEs con la reforma propuesta, representando distintos tamaños de empresa en el eje horizontal y el impacto en las utilidades como porcentaje en el eje vertical.

Luego este es un mapa de la situación de hoy, sin considerar los régimes especiales de las PYMEs (que sea por desconocimiento o por restricciones no son utilizados por la totalidad de ellas):

Y este es un mapa de hoy incluyendo los régimenes especiales 14bis y 14quater:

[Pueden hacer click sobre los gráficos para verlos en versión full y apreciar los detalles que se ven pequeños acá]

La situación actual

Partamos con este último gráfico. Si bien contiene bastante información auto-explicada, conviene revisar las tres áreas que pueden no ser obvias, correspondientes a los beneficios del 14bis, 14quater y el “FUT” (no tributar sobre utilidades devengadas):

  • 14-bis: Permite que las empresas micro y (algunas) pequeñas no tributen un peso por utilidades retiradas. Se acaba al llegar a aproximadamente 200 millones de ventas anuales.Gracias a esto, las micro y algunas pequeñas tienen la opción de reinvertir el 100% de las utilidades
  • 14-quater: Permite que algunas empresas (las que califican, pues tiene bastantes excepciones) no tributen por utilidades de aproximadamente 60 millones de pesos anuales. Gracias a esto, las micro, pequeñas y algunas medianas tienen la opción de reinvertir entre el 100% de las utilidades y el 85% de las utilidades (El beneficio, tal como se aprecia en el gráfico, va bajando debido al techo mencionado. Por sobre ese techo se paga impuesto de 20%).
  • No tributar sobre utilidades devengadas. Este es el famoso efecto del FUT sobre capital de trabajo. Significa que cuando los socios tienen pagar como personas tasas de impuesto superiores a 20%, si las utilidades no se retiran entonces esa diferencia se paga más adelante. OJO: El FUT NO permite reinvertir el 100% de las utilidades. El FUT permite reinvertir el 80% de las utilidades en casos donde en otra circunstancia habrían disponibles entre 79.9% de utilidades y 60% de utilidades. (El beneficio, como se aprecia en el gráfico, va subiendo conforme la empresa se hace más grande).

[Si bien existen otros beneficios tributarios (como el 14-ter que permite contabilidad simplificada) y otros impuestos específicos, lo anterior cubre de manera razonable lo que hay disponible hoy para las empresas, con una excepción que aún no he estudiado: la renta presunta.]

Antes de pasar a comparar con la situación sin reforma, algunas reflexiones importantes:

  • El 14bis es un muy buen beneficio, pero subutilizado por pequeñas empresas y emprendedores. ¿Si la idea del 14bis es beneficiar a la empresa chica, por qué diablos no es la opción predeterminada al crear una? Para aprovechar el 14bis hay que saber del 14bis, lo que general requiere estar asesorado por un contador informado (¡no todos los contadores lo están!). Lo que no ayuda a emparejar la cancha, pues quienes parten con menos no parten con asesoría ni conocmiento previo.
  • Lo mismo aplica para el 14quater. Lo único que agregaría acá es que este beneficio tiene una propiedad interesante: En lugar de terminar abrutamente, el beneficio (como % de utilidades) va bajando de poco conforme las utilidades de la empresa crecen. A mí me parece que es una propiedad compatible con el principio progresivo de nuestro sistema tributario (más beneficio para el que tiene/gana menos).
  • El “FUT“, sin embargo, tiene la propiedad contraria: Mientras más grande la empresa, más impuestos se postergan (y como además empresas más grandes generan más utilides, más grande es el préstamo sin intereses que les da el estado).

Resumiendo: Los beneficios actuales para PYMES son subutilizados pero favorables para las empresas pequeñas y medianas que los aprovechan. Y el FUT beneficia principalmente a grandes y de menor manera a las medianas y (algunas) pequeñas.

En la ASECH entiendo que el diagnóstico es parecido, en base a la agenda de impulso emprendedor de 2012:

Hecho este alcance, volvamos al hilo principal: ¿Cómo se ve afectado un emprendedor en general?

La situación con reforma

Para ver qué cosas cambian, pongamos nuevamente los gráficos uno al lado del otro (usaré el gráfico de situación actual con régimenes especiales de PYMEs para poder ver el efecto máximo en los casos más afectados.

¿Qué cambia y a quién afecta la reforma?

  • Primero, las PYMEs acogidas al 14-bis y al 14-quater pagan significativamente más impuestos, pues ambos beneficios se derogan. La más pequeñas que están acogidas al 14bis y con socios pagandose sueldos de 1.2 millones ahora podrán reinvertir entre el 90% y el 80% de utilidades en lugar del 100%. No es que pierdan todo el potencial de reinversión, pero dudo mucho no afecte en nada el cambio.
  • Las empresas pequeñas no acogidas al 14-bis ni al 14-quater con menos de 60 millones de utililidad por socio (y sueldo de 1.2 millones) no se ven impactadas.
  • Las empresas pequeñas y medianas no acogidas al 14-bis ni al 14-quater se ven impactadas por dos efectos:
  • El aumento del área de impuestos (la subida del 20 al 25% que hace el área roja más “alta”).
  • La eliminación del FUT, que hace que el área morada del gráfico de situación actual que era una postergación de impuestos (disponibles para reinvertir) se convierte en el área naranja que los socios deberán retirar (no disponibles para reinvertir).

Bajo las condiciones de mi ejemplo, el efecto del FUT es menor que el efecto del aumento de la tasa de primera categoría hasta una empresa mediana de 750 millones de pesos de ventas y 150 millones de utilidades, aproximadamente. En otra palabras: reponer el FUT (o algo similar) no amortiguaría ni la mitad del impacto a empresas menores que esa.

¿Por qué? Pues porque el área naranja de la situación con reforma es mucho más pequeña que el área morada de la situación actual. La ganancia de tributar por utilidades retiradas en lugar de devengadas está dada por la diferencia entre la línea de impuesto de primera categoría (que sube del 20% al 25%) y la tasa de tributación de los socios (la curva que determina el “techo” de esa área y que se aplana por la baja del impuesto máximo a las personas del 40% al 35%).

Finalmente, les dejo un gif animado superpone ambos gráficos para que vean por ustedes mismos las diferencias del cambio.

(Click para ampliar)

Conclusiones

¿Será que el 14bis y quater merecen tanta cobertura y explicación como el FUT?. Uno ve en todos los medios al famoso FUT, e incluso al gobierno defendiendo con números su eliminación. Pero de estos dos catorces, yo al menos, no he escuchado mucho. Si se trata de tapar agujeros usados para elusión, entonces falta la explicación de por qué no se pueden o no vale la pena perfeccionar. Y si se trata de que son poco usados, entonces falta la explicación de por qué no se hacen automáticos.

Notas:

  • Los datos para generar las curvas de tasa de global complementario y beneficio 14-quater pueden verlos en la planilla de siempre en la segunda hoja, bajo “Casos para “mapa de beficios tributarios” (alrededor de la fila 25).
  • La sociedad de la cual participo no está acogida ni al 14bis ni al 14quater. Esto no se trata de defender la trinchera propia, sino de entender genuinamente el objetivo e impacto de la reforma.

Originally published at arreglandoelmundo.leosoto.com on May 12, 2014.

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