La muerte y Hacienda

Desde el verano hasta hoy (marzo de 2016) acumulo 14 notificaciones y 2 sanciones de 5 posibles. Todo por algo que jamás hice mal: no presentar el Modelo 130 cada trimestre durante 2014 y 2015.

Benjamí Villoslada
Bitassa a Lloure
6 min readMar 22, 2016

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Drew: We all know this deal is as certain as death and taxes.
Joe Black: Death and taxes?
Drew: Yes.
Joe Black: What an odd pairing.

—Meet Joe Black (1998)

Apunte original: marzo de 2016
Edición con el desenlace: junio de 2017

Este verano [2015] presenté la baja de la necesidad de no presentar el Modelo 130 cada trimestre — se trata de un formulario para ingresar la retención de IRPF por lo que facturaba como autónomo. Lo hice después de recibir tres notificaciones de sanción (150 por trimestre) por no haberlo presentado durante los dos últimos trimestres de 2014 y el primero de 2015. Me extrañó, porque mi última etapa como autónomo era desde 2009, pero sólo pedían los últimos tres trimestres que ejercí.

La semana pasada supe que fui uno más dentro de su operación — debería decir atropello — en masa para que hiciésemos la petición para no tener que presentar el Modelo 130. Dije atropello porque no debería hacer falta decir que no tienes que hacer algo que ellos saben que no te corresponde.

¿Interoperabiliqué?

La ley dice que la Administración no debe pedir a los ciudadanos algo que ya sabe.

La Agencia Tributaria sabe que un autónomo no tiene que declarar IRPF cada trimestre porque ya lo descontó de sus facturas. En mi caso, desde siempre, cada trimestre, la retención por IRPF via clientes cuadra al 100% con la cifra que declaré para el IVA. Tienen todas esas pruebas para saber que no tengo que presentar el Modelo 130 cada trimestre:

  • DATO PRINCIPAL: Las declaraciones de renta de 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014. Tenían seis pruebas de que no necesito presentar ningún 130 cada trimestre.
  • EXTRA BALL: La declaración de IVA de todos esos trimestres. Son 4 trimestres x 6,5 años = 26 declaraciones cuya base imponible cuadra con la retención de IRPF que hicieron mis clientes — el principal de largo es Menéame, y esa la hacía yo mismo.

Pero no. El verano pasado recibí la notificación de los tres últimos trimestres que fui autónomo. Recurrí y gané, claro:

“Ud. no tiene que presentar el Modelo 130 y no hay lugar a sanción”

Fue una alegría, y es entonces cuando te preguntas porque tienes una alegría por quitarte de encima un problema que jamás deberías haber tenido.

La no-alegría duró poco. En otoño gané exactamente lo mismo que perdí la semana pasada. Es la victoria de Schoedinger: derrota y victoria al mismo tiempo.

Más trimestres

Había más trimestres con sanción. Gané 2T 2014, 3T 2014 y 1T 2015, pero 1T 2014 y 2T 2015 estaban ahí esperándome. Lo supe cuando 15 días atrás recibí la notificación de apremio: “paga de una vez esas dos sanciones que nos debes desde febrero”.

Recurrí el apremio alegando que me habían dicho que no tengo que presentar el Modelo 130.

Contestaron que eso no va con ellos. “Somos Recaudación de Agencia Tributaria y tanto nos da si la sanción está bien o no: sólo cobramos. Paga.” (más o menos).

Pedí una cita en base al Código Seguro de Verificación de la denegación del recurso. Me enviaron al Polígono Levante de Palma. Me atendió una funcionaria muy amable, que me dio todo tipo de orientaciones, pero dijo que no podía hacer nada: que fuese a Inca.

Entre las averiguaciones, descubrí el motivo de no saber nada de esos dos trimestres: enviaron las notificaciones a mi dirección hasta julio de 2013, Alaró. Devolvieron las cartas con la nota “desconocido” y el proceso siguió contra mi, hasta la sanción y el apremio por impago.

Ese mismo mes (julio del 2013) me empadroné en Lloseta y pensé que bastaba. La Ley 11/2007 habla de interoperabilidad, un concepto que significa que los ciudadanos no tenemos que presentar los mismos datos en diferentes sistemas y entidades.

Si le dije al Ayuntamiento de Lloseta que vivo allí y no en Alaró, no tengo que decírselo a nadie más.

Lo sé, a la práctica nunca funciona. Ninguna Administración Pública cumple la Ley 11/2007 a pesar de lo que ha llovido desde entonces. La Administración no sanciona a la Administración por no cumplir la ley, y todo va muy despacio. Pero que la Agencia Tributaria no haya hecho su trabajo — y que no reciba sanciones por ello — no puede terminar en una sanción para el ciudadano. Y cierro ese parágrafo, que me enciendo; el teclado no tiene la culpa.

Fui a Inca. Viernes 18 de marzo.

Supe que desde este verano saben mi nueva dirección y por eso llegaron bien (y gané) tres trimestres. ¿Porqué cambiaron mi dirección en verano? No se sabe. Quizás por la baja como profesional. Jamás presenté ningún cambio de dirección porque lo daba por hecho a partir del padrón.

Además:

  • En mayo de 2014 voté en Lloseta las elecciones al Parlamento Europeo.
  • En la declaración de renta del 2013 consta la dirección de Lloseta.

¿Porqué en enero de 2015 no envían las notificaciones a Lloseta? Creo que porqué la arbitrariedad funciona en la Administración General del Estado: La conversación con la funcionaria de Inca sirvió para saber que no era nada contra mi, sino parte de un atropello masivo para regularizar la obligación o no de presentar el Modelo 130. “Hay muchos como tú”.

Well as, one judge said to the other, ‘Be just and if you can’t be just be arbitrary.’ Regret cannot observe customary obscenities.

— Naked Lunch (1959), William S. Burroughs

Cobraron las sanciones con descuento de la devolución del IRPF. Luego dijeron que no tenía derecho a descuento y cobraron el resto con un embargo de 76 €.

Dicen que no podré recuperar mi dinero, porque “es firme”. Y “está publicado”. Esos dos conceptos son palabras mágicas, o algo así, que dan superpoderes a quien las pronuncia: nadie puede hacer nada para cambiar la situación. Me busqué en el BOE, me busqué en el web de la Agencia Tributaria, finalmente me busqué en Google. No sé dónde lo publicaron. ¿En Snapchat?

Intenté razonar la indefensión que supone no aplicar las obligaciones de interoperabilidad de la Ley 11/2007. La funcionaria matizó que no es lo mismo el domicilio fiscal que el personal. Contesté que debería poder decir, en el Ayuntamiento, que es el mismo domicilio. Que si no se cumple la obligación de la interoperabilidad, seguro que jamás preguntarán si el nuevo domicilio también es fiscal. Estamos obligados a ser interoperables desde el 2007. Dijo que sí, hay indefensión y tenemos mucho trabajo por hacer. Dije que estoy en ello por la parte que nos toca.

Sugirió que presente un Recurso de Reposición a las notificaciones iniciales de esos dos trimestres. Y a ver que pasa. Pero que lo tengo difícil, difícil, difícil…

Titulares

Por la misma cosa tengo dos sanciones y tres recursos que me dan la razón.

Cuando la Agencia Tributaria te sanciona por algo que no hiciste mal, y puede hacerlo gracias a que ella incumple la ley.

Casi 400 Eur en dos sanciones por algo que no hice mal.

Largo

Desde el verano de 2015 estamos con eso y no paran de surgir nuevas notificaciones. Sólo desde viernes tengo unas cuantas más:

  • Anunciando que me devolvieron el IRPF con intereses desde enero.
  • Anunciando que me descontaron las sanciones del IRPF por 112 Eur cada una más un 5% de recargo.
  • Anunciando que me cobraron 112 y era con rebaja. En realidad deberían ser 150. Ahora les debo la diferencia 38 Eur de cada sanción.
  • Embargo por los 38 Eur de cada sanción.
  • Recursos, y más recursos.
  • El 16 de mayo de 2017 recibo la resolución del Tribunal Económico-Administrativo, que “Acuerda declarar inadmisible la presente reclamación por extemporánea”.

Junio de 2017

Tengo dos meses para recurrir, pero esta vez hace falta abogado y procurador; el coste es mayor que las sanciones.

¿Y ahora?

Cuando llegué a la Administración, me dijeron que a menudo los cambios van despacio porque los ciudadanos se quejan poco ante la Administración. Me explicaron que, en cuanto a falta de interoperabilidad y Administración Electrónica, apenas hubo quejas desde el 2007.

Aquí está mi queja. No ha servido para nada.

Buenas noticias

Es posible que el caso haya servido para algo. Desde el verano de 2015 forma parte de mi trabajo conseguir la interoperabilidad en el Govern de las Illes Balears.

En una ponencia del CNIS 2016, el 6 de marzo, supe que existe una forma de propagar los cambios de domicilio desde los ayuntamientos. Que hace tiempo que existe, pero no la hemos programado. Aquel mismo día pedí que lo hagamos ya.

En junio de 2017 tenemos en preproducción el software de distribución del cambio de domicilio.

Success consists of going from failure to failure without loss of enthusiasm.

— Winston Churchill

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Benjamí Villoslada
Bitassa a Lloure

Bitologist: Everything that can be software will be software. Entrepreneur, Mentor and Speaker.