Blockchain se tiene que regular?

Jorge Tavares
Blockchain Academy Mexico

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De la misma forma en que en un inicio fue un problema para regular internet y surgieron organismos para su regulación, como el Commercial Internet Exchange Association, Internet Society, el Centro Europeo de Investigación Nuclear que incorporó el World Wide Web (www), IP (Internet protocol), hhttp (Hypertext transfer Protocol). En ese sentido, Blockchain está generando problemas nada sencillos, el motivo es que su aplicación está dando paso a una nueva economía basada en la confianza descentralizada cambiando así la operación en diversas industrias.

La llamada cuarta revolución industrial tiene como común denominador el uso más frecuente de la tecnología, es aquí en donde muchas empresas, gobiernos y emprendedores están enfocando sus esfuerzos para fomentar su uso, donde las tecnologías inmersas en Blockchain toman especial relevancia, ya que estamos comenzando a ver realmente su aplicación en casos de uso, lo cual nos hace preguntarnos, si realmente es necesario regular una base de datos entre diferentes participantes que se halla distribuida, así como protegida criptográficamente, con el componente de que se encuentra ordenada en bloques que contienen transacciones relacionadas entre si, y que con la resolución de problemas matemáticos se van validado de forma segura e inmutable.

Para responder a ese cuestionamiento, tenemos que ir de lo general a lo particular, en un entendimiento básico de está tecnología, en una primera instancia y de forma simplista, Blockchain es un software libre, si bien, se realizan pruebas de trabajo o se “mina” actualmente con el uso Hardware, en su origen tuvo un código libre y abierto, para efecto de que los programadores lo pudieran modificar o incorporar mejores funciones. La diferencia entre un software libre a uno propietario es que este último su uso, redistribución o modificación está prohibida o requiere de un permiso expreso del titular del software.

Sin embargo, como se menciona en el párrafo anterior las licencias de un software pueden variar dependiendo si se otorga la disponibilidad del código fuente impidiendo su uso o modificación por parte del propietario, en el caso del código fuente u originario que fue Bitcoin, tenia una MIT License es una licencia de software que se origina en el Instituto Tecnológico de Massachusetts y que impone muy pocas limitaciones en la reutilización, por tanto, posee una excelente compatibilidad con muchas licencias, misma que fue la elegida por el anónimo más famoso Satoshi Nakamoto, con la finalidad de que sea accesible para el mayor número de programadores, lo cual trae como consecuencia que empiecen a surgir la creación blockchain privadas con códigos abiertos, no tan abiertos y cerrados, incluso Blockchain híbridas.

En orden de aparición la Blockchain Pública de Bitcoin, tiene como estandarte la descripción de un sistema de pagos que dará a los usuarios a través del uso de criptografía la seguridad y protección para evitar un doble gasto, debido a la base de datos descentralizada y validada por consenso mediante una prueba de trabajo Proof of Work (POW) actualmente con el uso de Hardware y que ha evolucionado a nuevas formas de validación en consenso como Proof of Stake (POS), que llevan a cabo los propios usuarios sin necesidad de terceros de confianza que certifiquen la transferencia de la propiedad, aquí es donde todo se remonta para dar paso a Blockchain.

Si comenzamos a adentrarnos Blockchain tiene como característica principal que se edificó sobre internet con un funcionamiento diferente a los demás protocolos, que por sus características de encriptado distribuido en un gran número de servidores o personas, otorga una transparencia a los participantes y al mismo tiempo una seguridad compartida, que hace que se tenga una real confianza así como eficiencia en la base de datos y en la gestión de operaciones. Dando lugar desde un entendimiento muy simplista como se ha mencionado, a que se trata de un conjunto de tecnologías, entre ellas software y hardware, que ocupan protocolos que hacen posible la actuación conjunta de distintas entidades de internet para transferir datos y presentarlos en las aplicaciones que el usuario ve.

A nivel de admisibilidad de la Blockchain en un ordenamiento jurídico, debemos de aclarar algo primero, que a la fecha lo que se ha regulado son las actividades o el uso que le dan las personas a Blockchain, más no así la propia Blockchain, una vez analizando esta frase, podemos considerar que Blockchain desde el ámbito jurídico, su entendimiento se debe regir bajo uno de los principios torales que contempla en el segundo párrafo del artículo 89 del Código de Comercio, enfocado al comercio electrónico, que permitirá el día de mañana establecer de forma contundente su reconocimiento en el sistema jurídico mexicano que a la letra señala:

“Las actividades reguladas por este Título se someterán en su interpretación y aplicación a los principios de neutralidad tecnológica, autonomía de la voluntad, compatibilidad internacional y equivalencia funcional del Mensaje de Datos en relación con la información documentada en medios no electrónicos y de la Firma Electrónica en relación con la firma autógrafa.”

El principio de neutralidad tecnológica, señala que no se podrá imponer la utilización de una tecnología en concreto, por la obvia razón de que las tecnologías pueden ser obsoletas en un periodo de tiempo corto y por competencia del mercado. Además, de que dicho principio suele implementarse en las normas sobre Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), es por ello que en los contratos se suele usar la frase “cualquier otra tecnología” para abarcar no solo las conocidas al momento de la celebración del contrato, sino todas aquellas que puedan adoptarse en el futuro.

Ahora el gran reto para los abogados es identificar las particularidades en su uso entre las que destacan la forma en que se acreditaría su seguridad, legalidad y jurisdicción, protección a consumidores, datos personales., etc.

En cuestiones jurídicas que estarían relacionadas al uso de blockchain podemos encontrar esfuerzos regulatorios en una primera etapa se centraron en la definición de criptomonedas o activos virtuales, siendo México la punta de lanza en América Latina con la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera o mejor conocida como Ley Fintech, ahora en ésta segunda etapa en la qué nos encontramos, se están comenzando a regular dichas actividades o el uso que le dan, podríamos comenzar con la regulación aplicable para los exchanges para su compra o venta, las nuevas formas de obtener financiamiento con figuras reguladas como los STO, o bien los smart contract y su relación con el mundo físico a través de los oráculos, y el punto de vista que han tenido los jueces respecto a estas tecnologías, cuestiones que sin duda podrán ser material para otro breve artículo.

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