¿Y mis 50,000 bitcoins qué?

¿Te agarraron como puerco y perdiste el control de tus criptos? Esto es lo que legalmente debes tener en cuenta.

Isaac López
Blockchain Academy Mexico
9 min readNov 7, 2019

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Imagen: SecurityIntelligence

“Not your keys, not your crypto” es uno de los mantras más populares en el ecosistema blockchain. Casi como un acto reflejo, el not-your-keys se prolifera intrépida y velozmente cada vez que surge un titular que involucra un robo o hackeo de criptoactivos.

El mensaje es claro: los criptoactivos pertenecen a quien controla la llave privada a la cual están vinculados.

Además, el mensaje es activista, porque a través de él se postula un modelo de justicia basado en el concepto (aun inexistente) de la propiedad digital.

Desafortunadamente, el mensaje también es demagogo. Así como sucede cuando me roban el efectivo que cargo en mi cartera, los criptoactivos dejan de ser míos cuando pierdo el control de las llaves con las que los manejo. Y sí: en el mundo del “deber ser” (es decir, el mundo de las ideas en el que se regocijaba intelectualmente Platón), ese efectivo y esos criptoactivos siguen siendo míos, aunque la cartera o mis llaves ya no estén en mi posesión.

Pero no vivimos en el mundo de las ideas. Vivimos en un mundo real, crudo y soez, en donde si pierdo el control de mi efectivo o de mis criptos, éstos han dejado de ser míos, por mucho que me duela.

Por este último motivo, el not-your-keys es sobre todo ambivalente. Como se dijo, el mensaje postula un modelo de justicia digital, en donde (idealmente) los criptoactivos pertenecen a quien tiene un derecho legítimo sobre ellos, aunque no tenga las llaves correspondientes. Pero esto puede leerse desde otra perspectiva. El not your keys, not your crypto puede esconder también un modelo de injusticia digital y -más precisamente- una injusticia criptográfica. Por supuesto, el caso más intuitivo es el de un “robo” de criptomonedas, pero hay otros casos un poco más complejos, algunos de los cuales analizaremos más adelante.

En el contexto blockchain, esta problemática se debe a la estrecha relación que guardan los conceptos de propiedad y posesión. De acuerdo con un trabajo publicado en 2019 por Cambridge Centre for Alternative Finance, el reciente surgimiento de activos “nativamente” digitales ha generado la necesidad de re-examinar jurídicamente los conceptos de custodia, posesión y propiedad.

Desde un punto de vista jurídico, la cuestión es examinar si la transferencia de un criptoactivo constituye la transferencia de la posesión o de la propiedad del mismo. Fundamentalmente, la cuestión principal es determinar qué son los criptoactivos y -sobre todo- si pueden calificar o no como propiedad.

Así, son muchos los escenarios a través de los cuales puedo perder “mis” criptomonedas, por no tener acceso a las llaves que los controlan. Algunos de estos escenarios son:

  • Pérdida o robo de mi cold wallet;
  • Hackeo del proveedor que me presta servicios de hot wallet;
  • Hackeo del exchange en donde intercambio mis criptoactivos;
  • Fraude o mala administración por parte de quien controla mis llaves;
  • Error (intencional o negligente) en el código de un smart contract (como sucedió con los ya populares ataques a DAO y Parity); y/o
  • Bancarrota del exchange.

Por supuesto, hay mas escenarios, pero este no es el lugar para nombrarlos exhaustivamente.

Sugiero al lector imaginar un trámite sucesorio. En un proceso sucesorio convencional, los bienes y derechos del de cujus (es decir, del muerto) son inventariados y posteriormente adjudicados a sus herederos. El proceso concluye con la transmisión de la propiedad de los activos, misma que se verifica por sentencia judicial o por un acto notarial. Sea como fuere, la transmisión se verifica en el plano legal o ipso iure, como decimos los abogados. Si, por ejemplo, la masa hereditaria incluía una casa, no necesito que me entreguen las llaves de la casa. Por ministerio de ley, la casa ya es mía.

Ahora bien; suponiendo que el de cujus tenía criptoactivos en su propiedad, ¿qué pasa con ellos?

Imagen: criptotendencia.

Como podemos imaginarnos, de poco serviría una sentencia o una escritura notarial en la transmisión de propiedad de un criptoactivo, porque pues not your keys, not your crypto. En muchas ocasiones, la persona que muere se lleva consigo la información sobre el paradero de las llaves con las que controlaba sus criptomonedas. Esto no sólo aplica para el caso de muerte, sino para el caso de demencia, amnesia o cualquier otro motivo por el cual una persona deje de tener acceso a las llaves correspondientes.

Siendo tantas las posibilidades, decido centrarme en los casos sobre los que ya existe algún tipo de precedente judicial, relacionado con el not your keys, not your crypto. A continuación estudiamos algunos de ellos:

QuadrigaCX

QuadrigaCX comenzó en 2015 como un modesto exchange canadiense, que rápidamente migró de tener unos cuantos miles de clientes a manejar cerca de 360,000 perfiles y procesando millones de transacciones anualmente.

La plataforma fue desarrollada internamente por un solo individuo -Gerald Cotten, quien además de no tener documentada la arquitectura de su plataforma, tenía fuertemente centralizadas todas las operaciones que sucedían a través de ella. Consecuentemente, la muerte del Sr. Cotten dejó a cerca de 76 mil usuarios en una situación de incertidumbre y a Quadriga con una deuda de cerca de poco más de 162 millones de dólares.

En febrero del 2019, Quadriga comenzó un procedimiento de protección de acreedores, a través del cual se designó a Ernst & Young Inc. (EY, para los cuates) como el supervisor de sus operaciones. Pocos meses después, este trámite fue convertido en un procedimiento de bancarrota.

En junio de 2019, EY reportó a los clientes y acreedores de Quadriga lo siguiente:

  • La plataforma carecía de libros contables y registros financieros físicos y/o convencionales;
  • Resultaba prácticamente imposible acceder al contenido de diversos dispositivos y mensajes vinculados con la operación del exchange, en virtud de que estaban fuertemente encriptados (sí, el Sr. Cotten usaba Telegram para comunicarse);
  • Todas las actividades del exchange eran dirigidas y controladas por Gerald Cotten, quien además tenía centralizadas todas las contraseñas y claves de acceso correspondientes;
  • No existía un “dead-man switch o mecanismo equivalente que permitiera la transferencia de información crítica ante la muerte del Sr. Cotten;
  • El exchange dependía en gran medida de procesadores de pagos (third party payment processors, TPPS), dos de los cuales -por sí solos, en un sólo año- cobraron a Quadriga cerca de 8 millones de dólares en comisiones;
  • Indirectamente, estos TPPS controlaban cerca de 40 cuentas bancarias a nombre de Quadriga, sin que existieran mecanismos de gobernanza o contratos que protegieran los fondos de los clientes; y
  • No existía una segregación o separación entre los activos de los clientes y los activos de Quadriga.

En general, Quadriga era una plataforma plagada de irregularidades. Grandes cantidades de criptoactivos de sus clientes fueron transferidos a plataformas externas, a otros exchanges y a cuentas personales del Sr. Cotten. Quadriga transfirió cerca de 9,450 BTC, 387,738 ETH y 239,020 LTC a otros exchanges, quienes -por supuesto- cobraban comisiones por las transacciones, mismas que en la práctica ocasionaban que la plataforma incurriera en pérdidas.

Adicionalmente, cada que los recursos de las hot wallets de los usuarios incrementaban, Quadriga los transfería a cold wallets para su almacenamiento. A la fecha, poco más de 104 bitcoins se encuentran atrapados en cold wallets a las cuales es imposible acceder. Not your keys, not your crypto.

Como consecuencia de lo anterior, en octubre del 2019, Jennifer Robertson, la esposa del Sr. Cotten, anunció la celebración de un acuerdo de liquidación por virtud del cual se comprometió a usar activos de su propio patrimonio para liquidar parte de la deuda de Quadriga.

MtGox

Todos conocemos el caso de MtGox, el titan de los exchanges. Esta empresa fue fundada por Jed McCaleb en 2010. Creció exponencialmente y fue vendida a Mark Karpelès, que entonces residía en Japón. Para 2014, se dice que MtGox estaba involucrada en aproximadamente el 70% de las transacciones globales de bitcoin.

En febrero de 2014, MtGox congeló todos los retiros de bitcoin debido a la “desaparición” de aproximadamente 850,000 bitcoins, valuados en aproximadamente 500 millones de dólares en aquel entonces. En un contexto de ausencia regulatoria, MtGox no estableció reservas de capital que le permitieran asegurar cierto nivel de reembolso a sus clientes.

Inicialmente, MtGox solicitó la instauración de un procedimiento civil con el objetivo de rehabilitar su negocio bajo la supervisión de un auditor designado judicialmente. Esta solicitud fue negada en virtud de que no se vislumbraba la posibilidad de que el negocio fuera rehabilitado. La corte japonesa designó un administrador provisional y ocho días después ordenó que se iniciaran los procedimientos de concurso mercantil (bancarrota o insolvencia).

El caso de MtGox es ilustrativo porque ejemplifica muchos de los problemas ante los cuales puede encontrarse un cripto-liquidador, incluyendo problemas de jurisdicción internacional. Poco después de su designación, el liquidador tuvo que solicitar el reconocimiento del procedimiento concursal en los Estados Unidos (trámite denominado como Chapter 15) y el trámite equivalente en Canadá, con el objetivo de dejar “vivas” las acciones y las reclamaciones que ya existían en esas jurisdicciones para ese entonces.

Para 2017, ya existían en contra de MtGox dos acciones colectivas (class actions), diversos procedimientos accesorios de bancarrota (tanto de entidades relacionadas como no relacionadas) y demandas de fraude y malversación, que al final desembocaron en el arresto de Robert Karpelès, el director de MtGox.

El 27 de septiembre de 2017 se instaló la 9° reunión de acreedores, en donde se hizo constar que:

  • El balance de efectivo en la cuenta de MtGox era de aproximadamente 10.8 millones de dólares, pero en él no se incluyó el valor de los bitcoins;
  • En el patrimonio de la entidad existían cerca de 200,000 bitcoins; y
  • Se tenía conocimiento de 24,750 reclamaciones y demandas, que en su conjunto representaban aproximadamente 406 millones de dólares.

El caso de MtGox también es ilustrativo por lo que respecta a los problemas de volatilidad y valuación. Después de haber obtenido autorización judicial, el liquidador de MtGox vendió cerca de 70,000 BTC para hacerse de recursos líquidos con los cuales pudiera pagar a los acreedores. Siguiendo el protocolo establecido para tal efecto, el liquidador valuó las reclamaciones al valor de mercado de abril del 2014 y -consecuentemente- se emitió una valuación de 483 dólares por bitcoin, una estimación muy baja, toda vez que del 2014 al 2017 el valor de bitcoin había incrementado considerablemente.

Por sí solo, resulta muy particular e interesante el hecho de que una compañía que atraviesa un procedimiento de bancarrota se vuelva solvente como resultado de una apreciación del valor de sus activos.

En septiembre de 2018, el liquidador realizó una segunda venta de bitcoins. A través de ella se vendieron cerca de 36,000 bitcoins por aproximadamente 360 millones de dólares. En virtud del bear market ocasionado por la venta, el liquidador fue criticado bajo el argumento de que su función era maximizar y proteger el valor de los activos del deudor, en beneficio de sus acreedores.

Para septiembre de 2019 (5 años después), los acreedores de MtGox continúan esperando la determinación de su destino.

PlexCoin

Imagen: Tekcrispy

En diciembre del 2017, una corte canadiense ordenó el arresto del fundador de PlexCoin, Dominic Lacroix, quien procedió con la realización de un ICO aun a pesar de que la Autorité des marchés financiers de Quebec había ordenado que se cesaran operaciones inmediatamente. En su desobediencia, el ICO de PlexCoin levantó cerca de 15 millones de dólares.

Dominic fue puesto a disposición del juez, quien en julio de 2018 le ordenó entregar todos sus bitcoins en un periodo máximo de 24 horas. Al día siguiente, Dominic dijo a la corte que no era posible hacer las transacciones en virtud de que sería una operación complicada, además del hecho de que las computadoras que almacenaban los bitcoins estaban en poder de las autoridades.

El caso de PlexCoin resulta útil en función de la simpleza y efectividad de su solución.

Ante la respuesta y falta de voluntad de Dominic, la autoridad canadiense llevó a la sala de la corte las computadoras e instruyó a Dominic transferir 420 bitcoins de forma inmediata, lo cual debía hacer frente al auditor, bajo la amenaza de que su desobediencia desembocaría en su arresto.

En fin. Debe haber y seguro surgirán algunos otros casos más. Por ahora, el status quo se resume en que poco puede hacer el derecho para ayudarnos.

No obstante, me parece que la solución no la encontraremos en la ley. La solución está en crear (y exigir que se utilicen) mecanismos digitales que permitan monitorear dónde, cómo y cuándo se están usando nuestras llaves e impedir que se utilicen si no es para lo que las quisimos utilizar. La solución está en evaluar críticamente (muy minuciosamente) los protocolos y la arquitectura de aquel a quien le entregaremos nuestro patrimonio. Exijamos que nuestros proveedores sean transparentes y responsables: evaluemos su documentación. Utilicemos smart contracts que nos permitan reaccionar a estas eventualidades. Usemos la blockchain a nuestro favor.

Seamos un poquito más responsables. No todo lo puede solucionar la ley.

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