Análisis de la Ley de Criptoactivos de Panamá desde una óptica de Costa Rica

Otto Mora
Web3 Costa Rica
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6 min readApr 29, 2022

La reciente aprobación en el congreso de esta nueva Ley promovida por los Diputados Gabriel Silva y Cenobia Vargas del Congreso Panameño viene a aclarar la situación jurídica de los criptoactivos y del uso de plataformas blockchain. Según declaraciones del Diputado Silva la idea “es que Panamá se convierta en un hub de innovación de tecnologíca en América Latina”. Después de una cuidadosa lectura del texto que será ley, pienso que es un proyecto bastante balanceado e innovador.

A continuación algunos de los puntos mas relevantes de esta nueva ley…

Uso opcional de criptoactivos como medio de pago comercial y de impuestos

A diferencia de la Ley Bitcoin de El Salvador, esta ley no le da rango de moneda de curso legal al Bitcoin, lo cual obliga a en dicho país a que sea aceptado como medio de pago cuando un consumidor desea pagar con bitcoin en un comercio. En este caso se permite el uso de criptoactivos como un método de pago opcional cuando ambas partes estén de acuerdo en su uso para este fin. Pienso que esta es la manera correcta de proceder, de manera que la población se pueda informar de los beneficios y riesgos de las criptomonedas y tomar la decisión de uso libremente, con lo cual se pueda dar una adopción gradual como medio de pago. Adicionalmente se permite a las entidades gubernamentales la posibilidad de recibir criptoactivos para el pago de impuestos, tasas y otras obligaciones tributarias.

Bancarización digital de la población

Según el diputado Silva: “En Panamá mas del 50% de la población no tiene una cuenta de banco”, con lo cual al promover el uso de billeteras digitales como las que utilizan el lightning network de Bitcoin se puede promover la participación de las personas en la economía digital e inclusión financiera. Recordemos que varias de las billeteras digitales de criptomonedas ya son capaces de tener balances tanto en Bitcoin como en monedas fiduciarias tradicionales (dólares americanos en la forma de stablecoins, o incluso activos sintéticos que mantienen paridad con el dólar); con lo cual las personas que tengan criptoactivos pueden controlar su exposición a la volatilidad, al escoger cuanto de su saldo desean mantener en dólares y cuanto de su saldo desean mantener en criptoactivos.

Reconocimiento de los Valores Tokenizados (Security Tokens) y Bienes Tokenizados

Se indica que los emisores de valores podrán utilizar tecnología blockchain para representar valores y cualquier tipo de bien, incluyendo metales preciosos y bienes raíces lo cual facilita el comercio digital de activos tokenizados. Para ilustrar lo anterior imaginemos por ejemplo un edificio de apartamentos cuyo título de propiedad es dividido y representado en la forma de tokens digitales en la red Ethereum, lo cual permite a los propietarios de los tokens comprar y vender de manera rápida y eficiente los mismos, e incluso recibir pagos en la forma de stablecoins (una forma de dólares digitales sobre una red blockchain) por el alquiler de apartamentos del edificio. El reglamento de lo anterior deberá ser emitido por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá.

Emisión de Activos Tokenizados por parte de la República de Panamá

La ley brinda la facultad a la República Panameña de “tokenizar con tecnología blockchain metales preciosos, incluyendo sin limitación oro y
plata”, con el objetivo de facilitar la conversión e intercambio de metales preciosos tokenizados. Con lo anterior, entes de gobierno tendrían la capacidad de comerciar sus reservas de oro o plata en la forma de activos tokenizados sobre una red blockchain.

Acercamiento al reconocimiento legal de los Contratos Inteligentes (Smart Contracts) y las Organizaciones Descentralizadas Autónomas (DAOS por sus siglas en inglés)

Es importante recalcar que el proyecto ley presenta como parte de sus objetivos: “Hacer a la República de Panamá compatible con nuevas formas de establecimiento de confianza entre personas y negocios como contratos inteligentes (smart contracts) y nuevas formas de organización, como organizaciones descentralizadas autónomas (decentralized autonomous organizations o DAOs)”. Los DAOs son una forma de “Cooperativa Digital Descentralizada” donde los dueños de los tokens del DAO pueden emitir votos en la red blockchain para facilitar la gobernanza y toma de decisiones, estamos hablando entonces de una forma de entidad legal encima de una plataforma blockchain.

Este punto no es menor pues se promueve que la Autoridad de Innovación Gubernamental evalue la posibilidad de “dar validez práctica, modificar y proponer modificaciones normativas, y proveer guías para el público, con el objetivo de posibilitar la referencia…” a smart contracts y DAOs. Lo anterior representaría un hito importante ya que acerca al reconocimiento legal de los acuerdos tomados entre organizaciones en los smart contracts, y la eventual conexión entre los smart contracts y los mecanismos legales tradicionales de resolución de disputas.

Impuesto a la renta de las ganancias sobre la venta de criptoactivos con valor subyacente en Panamá

El artículo 60 de la ley indica lo siguiente: “A efectos de calcular el Impuesto sobre la Renta en el caso de la venta de criptoactivos con valor subyacente, el contribuyente se someterá a un tratamiento de ganancias de capital y, en consecuencia calculará el Impuesto sobre la Renta sobre las ganancias obtenidas a una tasa fija del cuatro por ciento (4%).” Es importante recalcar que impuesto solo se aplicaría cuando hay venta de criptoactivos con valor subyacente (es decir cuando se tokenizan activos localizados en Panamá), por ejemplo cuando se vende una casa en territorio panameño en forma de token cuyo valor de venta es mayor que el valor original de la compra.

Dado lo anterior si se hace una venta de bitcoins a dólares en un banco de Panamá esta no estaría sujeta impuestos por ganancias de capital. De igual manera si hace una conversión de bitcoins a stablecoins esta tampoco estaría sujeta a impuestos (debido a que ambos criptoactivos no cuentan con valor subyacente en Panamá).

Adicional a lo anterior es interesante indicar que a diferencia del reglamento propuesto por el Ministerio de Hacienda en Costa Rica, aquí solo quedan sujetas las ganancias de criptoactivos al impuesto de la renta. Es decir no se hace una doble imposición como se está proponiendo que se haga en Costa Rica al aplicar tanto el impuesto a la renta y el IVA.

Conclusión: Regulación de Cripto en Panamá, ¿Que tenemos que hacer en Costa Rica?

Esta ley posiciona a Panamá de manera importante en el mapa de la industria crypto. Mientras en Costa Rica tenemos la lamentable situación de entidades bancarias que unilateralmente deciden cerrar las cuentas de personas que laboran con tecnologías blockchain y criptomonedas, Panamá se lanza decididamente a aprovechar las oportunidades de atracción de inversión extranjera al proveer un marco jurídico que deja en claro las reglas del juego. Costa Rica no debe seguir esperando y debe regular prontamente el uso de tecnologías blockchain y criptomonedas en el país es una tarea importante para el nuevo congreso que asume el 1ero de Mayo de 2022.

Resulta importante también que el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) promulge una reglamentación clara sobre cuales son los controles preventivos para los clientes bancarios que tienen fondos provenientes de actividades relacionadas a la industria crypto, ya que de lo contrario los oficiales de riesgo y cumplimiento de los Bancos seguirán cerrando cuentas bancarias al no tener certeza sobre si esto es una actividad permitida o no. Lo anterior a pesar que ya el mismo presidente del Banco Central de Costa Rica ha indicado varias veces que el uso de criptoactivos no está prohibido bajo la legislación actual. Costa Rica, ¿vamos a montarnos en el tren de las tecnologías de la cuarta revolución industrial, o vamos a dejar que nos pasen de frente nuestros vecinos?

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Otto Mora
Web3 Costa Rica

Blockchain Technology Consultant, Co-founder and Board member of the Costa Rican Blockchain Association.