Posición de la Asociación Blockchain de Costa Rica con respecto a la propuesta de impuestos a criptoactivos del Ministerio de Hacienda
La Asociación Blockchain de Costa Rica ve con bastante preocupación la propuesta “Resolución interpretativa en relación con el tratamiento fiscal de los activos virtuales y actividades conexas” de la Dirección General de Tributación Directa de Costa Rica (DGTD).
El propio BCCR y el CONASSIF han dicho que están trabajando en un proyecto de ley sobre este tema, desde su perspectiva, y que recientemente el FATF (GAFI) actualizó sus recomendaciones a los países y miembros del ecosistema sobre políticas y procedimientos para la atención de la operación de los activos virtuales y proveedores de servicios relacionados, de manera que nos parece anticipada e inoportuna esta propuesta. Tributación debe considerar implementar una mesa de diálogo e interacción entre los interesados del sector público y privado, donde debe incluir a la Asociación Blockchain como representante de la industria, así como establecer un grupo de trabajo para analizar las experiencias internacionales, porque la propuesta particular generada por ellos se desvincula de lo que se ha acostumbrado e implementado en otros países.
Dicho lo anterior, observamos con mucha preocupación lo siguiente con respecto a la resolución:
- Doble imposición: la manera en que están redactando esto consideran que los activos virtuales (interpretados como activos intangibles) están tanto sujetos a 1) impuesto de valor agregado (similar al que se paga por servicios transfronterizos como Netflix u otros) y 2) Impuesto de Ganancias de Capital, tomando en cuenta el valor de adquisición vs. el valor de venta, sin que la resolución determine de dónde se debe extraer esta información, porque no existen registros centrales o proveedores de precios en Costa Rica para activos digitales. La aplicación de este doble impuesto es bastante agresivo, por ejemplo en Estados Unidos, el IRS considera los activos virtuales como propiedad y solamente taza las ganancias de capital.
- Requisitos excesivos de reporteo y de mantener registros para las empresas de compra / venta de activos digitales. La DGTD alega que los servicios de compra y venta de activos digitales, entre otros, no están sujetos al secreto bancario y establece la obligación de que todas las personas físicas o jurídicas que describe en la resolución están obligadas a mantener un historial completo de quienes compraron o vendieron criptoactivos. Además para las empresas que hagan custodia de criptoactivos, están obligadas a mantener un registro de los saldos de las personas. Todo lo anterior se debe de entregar de manera mensual a más tardar diez días después del mes en que hayan ocurrido la transacción. Esto no es estándar en la industria y en otras jurisdicciones no se realiza, dejando en desventaja a Costa Rica y creando un desincentivo fuerte a que aquí se asiente u operen este tipo de empresas. No nos oponemos a que las empresas cambiarias mantengan registros, pero consideramos que las obligaciones que establece esta regulación deberían establecerse por ley y no por la vía de una resolución. Para un comparativo, la recién pasada Infrastructure Bill en Estados Unidos, impone requisitos de reporteo del IRS para las empresas cambiarias pero estas no rigen si no hasta Enero de 2024: https://www.cnbc.com/2021/11/09/how-bipartisan-infrastructure-bill-will-impact-crypto-investors.html
- Consideramos que una regulación tan pronta sobre impuestos a cripto activos pone en desventaja al país y puede ahuyentar la inversión extranjera y el establecimiento de empresas de criptomonedas en el país. Esta resolución pondría a Costa Rica en desventaja con algunos países como Portugal, Alemania, y Singapur los cuales no aplican impuestos de ganancias de capital a cripto activos: https://decrypt.co/43513/countries-that-dont-tax-bitcoin-gains Consideramos que mas bien se deberia de aprovechar el regimen especial de zona franca como el lugar perfecto para que aterrizen estas empresas, compromentiendoles a generar un cierto nivel de empleo y de inversion ademas del pago de un canon basado en ingresos.
En resumen consideramos que esta propuesta es anticipada e inoportuna y sugerimos un mayor diálogo previo e interacción entre los interesados — sector público y privado, así como analizar las experiencias internacionales. En tal sentido, más allá de los cuestionamientos técnicos y de legalidad que pueden hacerse al borrador, respetuosamente solicitamos a la DGTD dar un plazo de espera mayor antes de entrar a regular de esa manera las actividad de cripto activos, los invitamos a unirse al diálogo que se está generando en torno a esta interesante y creciente actividad. En meses recientes la Asociación se ha estado acercando tanto a reguladores ( CONASSIF, Banco Central) e Instituciones Reguladas (Bancos y Puestos de Bolsa) para generar seminarios de capacitación sobre criptoactivos, con el objetivo de educar y compartir experiencias.
Junta Directiva Asociación Blockchain Costa Rica, Noviembre 2021