¿Qué dice la Ley 20.000 sobre el consumo y el autocultivo de la cannabis?

La Ley N° 20.000 fue promulgada el 2 febrero de 2005, durante el mandato del Presidente Ricardo Lagos Escobar. Esta normativa reemplazó la Ley N° 19.366, que sancionaba el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

Actualmente, la Ley N° 20.000 es el instrumento legal “que define los delitos y las penas vinculados al tráfico ilícito de estupefacientes” y, además, “que sanciona a los que elaboren, fabriquen, transformen, preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales”.

Respecto a la cannabis, dentro de la normativa vigente se encuentra catalogada en el segmento de drogas de tipo perturbadores: “que alteran el funcionamiento del cerebro provocando alucinaciones y distorsión de la realidad”, al igual que el éxtasis y el LSD, de acuerdo a documentación de la Biblioteca del Congreso Nacional.

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