La autodeterminación es legal según el derecho internacional
La autodeterminación está recogida en el derecho internacional y, como tal, es un derecho que puede ejercerse unilateralmente
AIDAN HEHIR
Uno de los principales argumentos contra la pretensión de independencia de Cataluña es que es ilegal en virtud de la Constitución española. El presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, calificó la declaración de independencia como “un acto delictivo porque pretende declarar algo que no es posible: la independencia catalana”.
La oposición internacional a esta independencia también se ha centrado en la Constitución. La canciller alemana, Angela Merkel, declaró: “Esperamos que se encuentren soluciones sobre la base de la Constitución española”. El secretario general de la OTAN, Jens Stoltenberg, dijo que la cuestión “debe resolverse dentro del orden constitucional español”.
Si el gobierno español actuó de acuerdo con la Constitución o no es un tema de debate. Carles Puigdemont, presidente de Cataluña destituido por Madrid el 27 de octubre, rechazó la legalidad de la imposición del gobierno directo de Rajoy. Ahora bien, aunque el gobierno español respete su constitución, sugerir que solo eso descalifica las pretensiones catalanas es un argumento profundamente defectuoso.
El inherente derecho de autodeterminación
En un mundo ideal, la secesión de una región debería producirse con el consentimiento del estado anfitrión. Si el gobierno central permite que una región inicie un proceso de autodeterminación, entonces, evidentemente, la cuestión es relativamente sencilla. Pero permitir que una región inicie un proceso de ese tipo no significa automáticamente que el resultado final sea la secesión. Los referéndums de autodeterminación de Escocia y Quebec rechazaron la independencia.
¿Es esencial la aprobación de un estado anfitrión para que un país declare su independencia? La respuesta debe ser no
En los últimos años, varios estados han declarado la independencia con el consentimiento del estado anfitrión (aunque haya sido a regañadientes, tras haberla rechazado inicialmente). Son los casos de Eslovenia en 1991, Timor Oriental en 2002 y Sudán del Sur en 2011, cuando los resultados de un referéndum de independencia fueron aceptados por el estado anfitrión. En una línea similar, Checoslovaquia se dividió pacíficamente en la República Checa y Eslovaquia en 1993, con el acuerdo de ambas partes.
Es obvio que el caso de Cataluña es diferente ya que el gobierno español se ha negado a permitir que se celebre el referéndum. Pero esto plantea una pregunta fundamental: ¿es esencial la aprobación de un estado anfitrión para que un país declare su independencia? La respuesta debe ser no, porque argumentar lo contrario es contradictorio y choca tanto con el derecho internacional como con el sentido común.
El artículo 1.2 de la Carta de las Naciones Unidas reconoce el principio de autodeterminación, lo que significa que este derecho trasciende las leyes internas de cualquier estado. Un principio fundamental del derecho internacional es que las disposiciones constitucionales de un estado no pueden considerarse intrínsecamente legales, sino que deben ajustarse al derecho internacional. Por ejemplo, una constitución puede sancionar la discriminación racial o el genocidio, pero esto es anulado por las leyes internacionales que prohíben ambas. Afirmar que la constitución de un estado es el único determinante de la legalidad de las acciones emprendidas dentro de ese estado es, esencialmente, rechazar la idea misma del derecho internacional.
Por definición, la autodeterminación representa un reto para el estado anfitrión. Aceptar que existe un derecho de autodeterminación en el derecho internacional, pero luego afirmar que este derecho está subordinado al consentimiento del estado anfitrión — como argumenta actualmente España y sus aliados con respecto a Cataluña — es sencillamente ilógico. Es como decir que todas las mujeres tienen derecho a divorciarse de sus esposos, pero solo si sus maridos están de acuerdo.
El rechazo español a aceptar la posibilidad de la independencia catalana contradice manifiestamente la idea misma de autodeterminación. Esta posición niega, esencialmente, que la autodeterminación sea un derecho inherente al dar todo el poder al estado anfitrión. Si se aplicara globalmente, este principio sancionaría la inmutabilidad de las fronteras y sentenciaría a millones de personas de todo el mundo a permanecer permanentemente atrapadas bajo la jurisdicción de gobiernos que no reconocen.
Kosovo y la hipocresía
El hecho de que las democracias liberales occidentales defiendan la Constitución española por encima del derecho de autodeterminación de los catalanes es también una actitud hipócrita. Este enfoque estatocéntrico viola principios fundamentales del liberalismo relacionados con las libertades y, además, es contradictorio con la actitud adoptada hacia Kosovo.
Kosovo declaró unilateralmente la independencia, separándose del estado de Serbia, en 2008. Aunque España no ha reconocido a Kosovo, el 82 por ciento de los estados de la Unión Europea y el 86 por ciento de los estados de la OTAN sí lo han hecho. Que Estados Unidos, Reino Unido, Alemania, Francia y muchos otros reconozcan la secesión unilateral de Kosovo pero nieguen a los catalanes el mismo derecho, obviamente, tiene mucho más que ver con alianzas y políticas de poder que con cualquier adhesión a principios jurídicos o teóricos. La pertenencia de España tanto a la UE como a la OTAN significa que está recibiendo un trato diferente, lo que pone de relieve un enfoque selectivo del derecho internacional.
Las referencias a Kosovo en el caso catalán provocan invariablemente el contraargumento de que Kosovo “merecía” la independencia porque su pueblo sufrió mucho a manos del gobierno de Belgrado. Si bien las afirmaciones con respecto a la opresión son ciertas, este es otro argumento poco convincente. No tiene sentido condicionar la legitimidad de la autodeterminación al comportamiento opresivo del estado anfitrión. Sería como decirles a los activistas independentistas que tienen que permanecer dentro de su estado actual hasta que sean asesinados en grandes cantidades. Se trata de un principio evidentemente ridículo y que, sin duda, no tiene cabida en el derecho internacional.
Al defender el derecho de autodeterminación de Cataluña no estoy, necesariamente, argumentando que la autodeterminación sea lo correcto para Cataluña. La legitimidad de la reivindicación secesionista de cualquier grupo está determinada por una serie de factores. Entre ellos, la coherencia política de la entidad que busca la independencia y el grado de apoyo que el movimiento tiene entre los ciudadanos/as de la región afectada. La viabilidad de la entidad como estado independiente y las consecuencias de la secesión para la paz y la estabilidad regionales e internacionales son también aspectos fundamentales. Así que, aunque la oposición a la independencia catalana basada en estos factores pueden ser creíble, argumentar que es inadmisible porque es ilegal de acuerdo con la Constitución española no puede serlo.
Aidan Hehir es profesor adjunto de Relaciones Internacionales en la Universidad de Westminster y director del Programa de Seguridad y Relaciones Internacionales. Ha escrito varios libros y aportaciones sobre temas relacionados con la intervención humanitaria.
Publicado originalmente en Self-determination is legal under international law — it’s hypocritical to argue otherwise for Catalonia, THE CONVERSATION, 30 de octubre de 2017.
Traducción: Javier Villate (@bouleusis)