La vanguardia en la lucha contra la corrupción y la Transparencia

Procuraduria General de la Nación

Jj Solano
JContadorJ
4 min readAug 26, 2016

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Historia

La institución constitucional del Ministerio Público tuvo su origen en la Carta Fundamental de la República de Colombia, Venezuela y Ecuador, expedida el 29 de abril de 1830. Fue organizada, en desarrollo de dicha Constitución, mediante Ley del 11 de mayo de 1830.

En un comienzo, la ejerció el Procurador General de la Nación, como agente del poder ejecutivo, con atribuciones para defender a la Nación ante los tribunales y juzgados, velar por la observancia de las Leyes y promover ante cualquier autoridad civil, militar y eclesiástica los intereses nacionales y el orden público — artículo 100 de la Constitución de 1830.

La nueva Carta (Constitución de 1991) define de manera inequívoca el nuevo carácter del Ministerio Público: órgano autónomo frente a las demás ramas del Estado; y asigna al Procurador General de la Nación su suprema dirección — artículo 275.

En cuanto a su composición, se suprimen los fiscales de tribunales superiores de distrito y los demás fiscales de juzgados que contemplaba el artículo 144 de la Carta anterior; en su reemplazo, se instituyen los procuradores delegados y agentes del Ministerio Público para ejercer la función de control sobre la conducta de todos los servidores públicos — incluidos los de elección popular — , a fin de salvaguardar el imperio del Derecho, la eficacia del orden jurídico, los derechos humanos y los intereses de la sociedad.

Misión

  • “Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; promover y proteger los derechos humanos; defender el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas; objetivos estos que se logran a través de actuaciones preventivas, de intervención judicial y administrativa y procesos disciplinarios; siendo referentes de eficiencia, eficacia y valoración ética en el ejercicio de la función pública.”

Visión

  • “Una Procuraduría cercana al ciudadano, que protege sus derechos, combate la corrupción y la impunidad, vigila y controla la función de los servidores públicos; en aras de eliminar las causas que dan origen a las actuaciones administrativas improcedentes”.

Naturaleza Jurídica

Ley 201 de 1995.

ARTICULO 1. Suprema Dirección del Ministerio Público. La Procuraduría General de la Nación es el máximo organismo del Ministerio Público, tiene autonomía administrativa, financiera, presupuestal y técnica y ejerce sus funciones de órgano de control bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación, quien la representa ante las autoridades del poder público y los particulares.

Normas Reglamentarias

•La ley principal que interviene la Procuraduría General de la Nación es la ley 906 de 2004.

•También tiene varios decretos en los cuales encontramos:

•186 de 2014

•2246 de 2011

•2247 de 2011

•4795 de 2007

  • 262, 263, 264 y 265 del 2000

Funciones

La función preventiva

Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que esta empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.

La función de intervención

En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.

La función disciplinaria

La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario ó Ley 734 de 2002.

Sedes

  • La Procuraduría General de la Nación tiene sede en todos los departamentos de Colombia, pero con sede principal en Bogotá en la dirección Carrera 5ª # 15–60

Patrimonio

Las cuentas de Patrimonio de la Procuradoria, están conformados principalmente por la cuenta de Hacienda Publica, que a su vez comprende otras como el Capital Fiscal y el Resultado del Ejercicio; El cual para el trimestre del año 2016 presento un aumento con respecto al trimestre del año anterior.

Estados Financieros

Los informes de situación financiera pueden ser encontrados en el siguiente link

Estructura

Según el Decreto 262 de 2000, esta es la estructura orgánica de la Procuraduría General de la Nación

Actual Procurador General de la Nación

Alejandro Ordóñez Maldonado, Procurador General de la Nación desde el año 2009, es natural de Bucaramanga, Santander; Magister Honoris Causa en Ciencias Políticas de la universidad de Salerno, Italia; doctor en Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Santo Tomás, con especialización en Derecho Administrativo de la misma alma máter.

Bibliografia



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