Libertades y derechos: expresión e información

Miguel Alejandro Hayes
La Trinchera ahora
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4 min readOct 27, 2020

Por: Miguel Alejandro Hayes

En agosto de 2017, una publicación del diario 14 y medio anunciaba una pelea entre comunistas causada por un “cartel irrespetuoso” que convocaba a una jornada de limpieza del malecón habanero. Según este medio, un grupo de dirigentes partidistas había mandado a retirar dicho cartel.

Pero la idea original de esa jornada cancelada había sido mía, y viví tan de cerca como nadie la evolución de aquellos acontecimientos. Era la primera vez que me enfrentaba a una fake news, siendo además el sujeto implícito en ella.

Este es uno de tantos casos que se publican sobre y desde un país en que la libertad de expresión es, de facto, un ausente.

La libertad de expresión es un derecho humano (declarado como tal y legitimado por la mayoría de las naciones), asociado a pensamiento, opiniones, e ideas. Aunque en Cuba se declara formalmente, en los medios partidistas no se encuentran textos que reflejen expresiones contrarias a determinadas posturas suyas, o gubernamentales, o en contra de la propia organización. De ahí que la limitación al ejercicio de la prensa coarte la libertad de expresión.

Esa carencia de espacios, con el tiempo, ha generado un conjunto de medios, que van desde lo que puede ser considerado izquierda hasta inclinados hacia la derecha, en los que se ejerce parte de esa limitada libertad de expresión. En esa realización, entran en escena las fake news, manipulaciones, y otros tantos modos de falsear la realidad. En nombre de la libertad de expresión, se miente.

A lo que se le suma las no pocas ocasiones en que los medios partidistas usan técnicas similares. (Carece de sentido en estas líneas comparar qué tipo de medios incurre más en esas prácticas).

Como resultado, el lector, entre los que hay también redactores, tiene que recibir material que lo desinforma y manipula. Esto, potenciado y prolongado, redirecciona el pacto social, sobre todo si se tiene en cuenta que los medios de comunicación tienen una clara función política y social, ya que son una red de poderes en interacción.

Como acompañante de la libertad de expresión, el discurso jurídico occidental introduce el derecho a la información veraz, algo así como la otra cara de la moneda. Al igual que el derecho a la libertad de expresión, este es propio de los estados de derecho.

El derecho a la información veraz es el que tiene el ciudadano a recibir una información con dicha cualidad. Este término se distingue de la verdad, porque el uso de esta última remite a una única variante, incuestionable, casi iluminada. En cambio, el propio desarrollo de las ciencias ha demostrado la coexistencia de numerosas verdades no excluyentes, y de otras que sí lo son, siempre en dependencia de los marcos referenciales. La realidad fáctica puede ser una sola, pero la multiplicidad de lecturas, matices, no. Por eso la distinción entre los términos.

Del mismo modo, veraz no tiene que significar ser exactamente cierto, sino que, en muchos casos, hace referencia a la actitud del emisor de la información, de la actitud (positiva) hacia la verdad. Luego, la veracidad viene a estar dada por la seriedad de métodos y fuentes consultadas, de las disponibles, por parte de quien publique en un medio. Dichas fuentes y métodos deben ser susceptibles de verificación, es decir, la veracidad radica el cumplimiento de normas éticas y procedimientos por parte del emisor, en su seriedad y profesionalidad.

Es necesario distinguir que libertad de expresión y derecho a la información son diferentes. La libertad de expresión viene asociada al pensamiento, las ideas, lo subjetivo; y el derecho a la información está asociado a los hechos, las noticias, siempre teniendo en cuenta la alta interrelación.

El derecho a la información, cuando se hace presente, actúa en última instancia como determinante que pone límites a la libertad de expresión, evitando que se convierta en una aberración o enemiga de la justicia. Esta quedaría al servicio del derecho ciudadano a la información. Para que la libertad de expresión no sea el equivalente al derecho a mentir y la comunicación no sea simplemente un vale todo para lograr el objetivo de una pulsión de poder, para no vulnerar a la ciudadanía en el consumo de información, se tiene este derecho a la información.

El Estado de Derecho cubano declarado condena los medios que no controla, utilizando en ocasiones el argumento de la falta de verdad en aquellos, en vez de emplear un modo de gestión de la prensa y política hacia esta basados en los derechos del estado, más bien debería apostar por el uso del derecho a la información veraz, una regla que limitaría los malos vicios de la prensa cubana cuando actúa como punta de lanza incondicional de ideologías políticas ancladas en fundamentalismos. En esas condiciones, la libertad de expresión no sería vista como una consigna liberal, sino como una necesidad social, cuyos resultados siempre estarían inclinados hacia el bien común, por construirse y ejercerse sobre un derecho ciudadano. Nos evitaríamos tanta desinformación en nombre de imperativos políticos. Tendríamos una sociedad más cercana al culto a los valores y a la honestidad.

https://www.14ymedio.com/nacional/Forzada-Habana-irrespetuoso-Fidel-Castro_0_2270772906.html

Escobar de la Serna, Luis: Principios de derecho de la información., Editorial Dykinson, Madrid 2000, p. 64.)

Gutierrez David, M.ª Estrella: Justicia y medios de comunicación. Claves para la buena praxis de los derechos informativos, Editorial Fragua, Madrid, 2007, p. 56.

Muñoz Machado, Santiago: Libertad de prensa y procesos por difamación, Editorial Ariel, Barcelona, 1988, pp. 154–155.

Azurmendi Adarraga, Ana: Derecho a la información: guía jurídica para profesionales de la comunicación, Ceunsa, Navarra 2001, p. 81.

Habermas, Jürgen: Historia y crítica de la opinión pública. La transformación estructural de la vida pública, Gustavo Gili, Barcelona, 1981, p. 210.

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