Por qué los fundadores latinos deberían convertir sus empresas en una Delaware LLC?

Leonardo Barrientos
Lexgo
Published in
5 min readJul 3, 2023

Una tendencia emergente en América Latina es el número significativo de startups regionales que están usando una empresa en Delaware como la empresa matriz para su grupo operacional latinoamericano. Algunas veces las constituyen desde el inicio como tales y otras veces se materializan a través de transacciones denominadas “Delaware Flip”, donde una un matriz local es reemplazada o fusionada (“flipped”) en una empresa en Delaware.

Existen un montón de razones para explicar por qué hace sentido configurar una empresa matriz en Delaware como cabeza de una operación latinoamericana. La principal es que los Estados Unidos sigue siendo el mercado de capitales de riesgo más activo del mundo para empresas tecnológicas. Aún cuando algunos fondos estadounidenses estén dispuestos a invertir en startups extranjeras, un número importante de los fondos de capital de riesgo del país prefieren invertir en una empresa matriz estadounidense. Y dado que las empresas latinoamericanas son por definición compañías que involucran múltiples países, ellas necesitan una sociedad matriz. Entonces, los EE. UU. (usualmente Delaware) se convierte en la alternativa natural.

Un asunto que frecuentemente se consulta es si inicialmente la sociedad matriz en los EE. UU. debe ser una C-Corp (una “Inc.”, equivalente a una “S.A.” en América Latina) o algún otro tipo de entidad corporativa, quizás una Sociedad de Responsabilidad Limitada (una “LLC” por sus siglas en inglés).

La sabiduría convencional es que una empresa que aspira a recibir inversión de capital de riesgo debe ser una C-Corp. Estoy de acuerdo que una C-Corp es la forma correcta para una empresa domiciliada en EE. UU. con fundadores estadounidenses que se encuentra levantando dinero de fondos de VC estadounidenses. Estos fondos y otros inversionistas institucionales generalmente se resisten a invertir en una LLC porque las LLCs otorgan “K-1”/ingresos simplificados que los fondos buscan evitar.

Sin embargo, antes de constituir una C-Corp como una empresa matriz, un emprendedor latino debe tener en mente que muchas empresas tecnológicas latinas (i) inicialmente no se involucrarán en un negocio estadounidense, (ii) tendrán un porcentaje significativo de dueños/inversionistas no-estadounidenses, y (iii) probablemente no recibirán su financiamiento inicial por parte de fondos de VC estadounidenses.

Aún cuando muchos emprendedores latinos esperan en el futuro levantar financiamiento de VCs estadounidenses, muchos de ellos:

  1. Terminan levantando su Serie A de un family-office o fondo latino;
  2. Terminan vendiendo su empresa más rápido de lo que esperaban (sin incorporar a un fondo EE. UU.); o
  3. Una vez su negocio agarra vuelo, deciden que no necesitan una sociedad matriz en los Estados Unidos para levantar fondos y deciden mover su matriz a España, Luxemburgo o Países Bajos (que tienen mejores tratados tributarios con países Latinoamericanos) antes de levantar capital institucional.

Los empredendores latinoamericanos que realizan un flip a un C-Corp en etapa temprana se enfrentarán:

  1. Doble tributación en los EE. UU. — esto es, que los ingresos mundiales se encontrarán sujetos a impuestos corporativos y retenciones a los dividendos en Estados Unidos;
  2. En muchos casos la inhabilidad de redomiciliar su empresa matriz fuera de los Estados Unidos sin gatillar impuestos en los EE.UU; y
  3. La C-Corp deberá pagar impuestos en EE.UU. sobre los ingresos de sus filiales extranjeras (en ciertos casos estos impuestos pueden acreditarse contra los impuestos corporativos que se paguen en el país).

Usualmente una LLC como matriz puede verse como una opción prácticamente gratuita. Una empresa puede transformarse de una LLC a una C-Corp sin disparar impuestos en los Estados Unidos. Dicha transformación requiere papeleo sencillo y la empresa matriz retiene su número de identificación tributaria por lo que mantiene la misma cuenta bancaria. En cambio, la transformación de una C-Corp a una LLC es tratada como una venta en los hechos, y por ende es una transacción afecta a impuestos en EE. UU.

En resumen, los beneficios/consideraciones tributarios de una LLC para un negocio domiciliado fuera de los EE. UU. son:

(i) La LLC no se encontrará sujeta a impuestos a la renta federales o estatales (en la mayoría de los estados) en sus ganancias derivadas de filiales no-estudounidenses porque la LLC no es una contribuyente por sí misma.

(ii) Los miembros no-estadounidenses no se encontrarán sujetos a requerimientos individuales de presentación de declaraciones de renta sobre sus ganancias derivadas de la LLC, siempre que la LLC no se encuentre involucrada en un negocio en los Estados Unidos y la LLC no gane ingresos de fuentes estadounidenses.

(iii) Los miembros estadounidenses podrán deducir a prorrata las pérdidas que la LLC genere en sus primeros años (hasta que la LLC sea rentable) en contra de sus actuales ingresos (usualmente pasivos) estadounidenses.

(iv) En muchos casos, los miembros estadounidenses deberían poder obtener tasas favorables de ganancias de capital a largo plazo en los EE. UU. a la venta de sus intereses de la LLC.

(v) La sociedad matriz LLC puede vender las entidades aguas abajo (las filiales Latinoamericanas) sin ningún impuesto EE.UU. para los miembros no-EE. UU. Y la sociedad matriz LLC puede redomiciliarse fuera de los Estados Unidos en el futuro sin que dicha redomiciliación sea tratada como una “venta”.

Estos beneficios tributarios son la razón por la que Brasil considera la LLC estadounidense como un tipo de paraíso fiscal (“régimen fiscal preferencial” en las palabras de las autoridades tributarias brasileñas).

Una LLC tendrá que adherir a ciertos requesitos de reporte que crean algunos bordes administrativos. La LLC deberá presentar ciertas declaraciones estadounidenses de forma anual, consistentes en: (a) un Formulario 1065 que declara la renta de la LLC, ganancias, pérdidas, deducciones y créditos, y las distribuye entras sus miembros; (b) un FBAR con respecto a sus cuentas financieras no estadounidenses, como también las cuentas financieras no estadounidenses de ciertas filiales de cumplirse algunas condiciones; (c) declaraciones con respecto a la propiedad de empresas fuera de los Estados Unidos, como el Formulario 5471 para filiales no-EE. UU. que se encuentren a lo largo de la cadena de propiedad; y (d) una presentación anual con el Department of Corporations de Delaware y pago de un impuesto anual de US$250. En algunos casos, el uso de la LLC puede causar que las empresas no-EE. UU. sean “controladas por una empresa extranjera”, lo que puede tener efectos adversos en los miembros estadounidenses. Esto usualmente puede evitarse con la debida planificación.

También los miembros/dueños no-EE. UU. de la LLC deberán obtener un número de identificación fiscal EE. UU. con el fin de permitir que la LLC cumpla con sus obligaciones de reporte tributarias. Si los miembros no desean solicitar un número de identificación fiscal en los EE. UU., ellos podrían considerar utilizar una empresa no-EE. UU. que mantenga sus intereses en la LLC con el fin de que la empresa extranjera postule al número de identificación fiscal en vez de ellos personalmente.

En resumen, el uso de LLCs siempre levanta algunas dudas al utilizarse para empresas de capital de riesgo. Aún cuando las C-Corps funcionan bien para empresas con base en los Estados Unidos, las consideraciones son bastante distintas cuando operaciones y fundadores fuera de los Estados Unidos están involucrados. Antes de “flippear” a una C-Corp en EE.UU., los emprendedores latinos deben al menos considerar las ventajas de utilizar una LLC.

Nota: Esta es una traducción no oficial de la columna Latin America Entrepreneurs: To “Flip into a C-Corp or a LLC? de mi amigo Juan Pablo Cappello.

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