Derechos Humanos según la izquierda venezolana

Reflexiones sobre la “cultura” de Derechos Humanos en Venezuela

Anhton Keenan
Historias en español

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En un mundo industrializado y tecnológico como el nuestro, mucho le debemos a la filosofía, y es que, por más sorpresiva que parezca esta afirmación, resulta que el desarrollo humanístico fue el motor que impulsó al hombre en su vasta exploración por todos los campos del conocimiento, buscando respuestas que expliquen ese infinito universo que nos rodea. En este sentido le debemos mucho a la filosofía, pero quizás el aporte más importante de esta fundamental rama del pensamiento se produjo tiempo después, cuando el hombre cambió su enfoque universalista por uno más próximo, el pensamiento antropocentrísta.

Hombre de Vitruvio (1487) Leonardo Da Vinci.
El hombre de Vitruvio, es considerado como uno de los íconos del antropocentrismo.

“Pienso, luego existo” con estas palabras, René Descartes sentenciaría uno de los momentos cumbres del pensamiento filosófico, dando sentido a términos como: racionalismo, duda, método, pero sobre todo, la noción del hombre pensando sobre sí mismo – idea que reafirmaría los antes postulado por Nicolás Copérnico y su famoso Giro Copernicano.

Nace la antropología y con ella, una serie de dudas discurren sobre las mentes de importantes pensadores desde el Renacimiento hasta la Ilustración. Si bien, el enfoque antropocentrista no le permitiría al filósofo comprender el papel del hombre en el universo – inclusive hoy en día – si comprendería algo, todos los hombres son iguales y por ende les correspondían los mismos derechos.

Las ideas sobre la igualdad se vieron reforzadas durante la Ilustración, donde pensadores europeos como Rousseau, Voltaire, Montesquieu, Hobbes y Locke, trabajaron sobre viejas concepciones que habían nacido en la Edad Media de la mano de un fraile franciscano inglés llamado Guillermo de Ockham, quien introdujo las ideas del derecho subjetivo, denominados “derechos naturales”, donde figuraba el derecho a la vida, la libertad y la honra. A partir de estas nociones, los pensadores de la Ilustración desarrollaron la idea de los “derechos del hombre”. Al respecto, el jurista y filósofo del Derecho español, Antonio Pérez Luño, señala:

«Durante la segunda mitad del siglo XVIII se produjo la paulatina sustitución del término clásico de los “derechos naturales” por el de los “derechos del hombre” […] La nueva expresión […] revela la aspiración del iusnaturalismo iluminista por constitunalizarse, o sea, por convertir en derecho positivo, en preceptos del máximo rango normativo, los derechos naturales»[1]

Sin embargo, no podemos pasar por alto, la influencia del contexto en lo que fue el desarrollo de una consciencia sobre el hombre y sus derechos. Francia pasaba violentamente de una monarquía derrochadora a una república, mientras que del otro lado del Océano Atlántico, Estados Unidos – inspirado en las ideas de la Ilustración – luchaba por su independencia del Imperio Británico. Las consecuentes victorias en estas dos revoluciones, consagraron en un marco legal lo que se conocería como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano el 26 de agosto de 1789.

“Libertad, igualdad, fraternidad” un lema que acuñaría la Primer República Francesa, tras la revolución, pero que sería adoptada por todos aquellos países que buscaban la independencia de gobiernos opresores. El éxito de la Revolución Francesa y la Independencia Estadounidense pondrían a temblar a otro gran imperio europeo años después, España veía con preocupación la influencia de estas ideas revolucionarias sobre sus tierras en América.

La Libertad guiando al pueblo (1830) Eugène Delacroix.
La obra de Delacroix representa los ideales de la Revolución Francesa, de donde se desprendió el lema “Libertad, Igualdad y Fraternidad”.

Entonces se revelaría una pequeña capitanía en 1811, que carecía de gran importancia en comparación a los Virreinatos ya establecidos en América fieles a la corona española. La Capitanía General de Venezuela, se declararía como estado independiente de España, estableciendo su figura legal por medio de la primera constitución de Hispanoamérica, fuertemente influenciada por la Constitución de los Estados Unidos y que contemplaba, en su octavo capítulo, 59 artículos relativos a los derechos del hombre, siendo este el primer antecedente en cuanto a los derechos humanos en Venezuela.

A pesar de la corta duración de la Constitución de 1811, los elementos en cuanto a derechos humanos fueron nuevamente reestablecidos en 1864 cuando entra en vigencia una nueva constitución que contenía en su Título III, artículos referentes a las garantías ciudadanas, a partir de entonces, los derechos humanos estarían contemplados en el tercer título de las constituciones precedentes de Venezuela, donde progresivamente se le añadieron nuevos elementos que ampliaban las libertades sociales y el respeto a las normas básicas de convivencia inherentes al ser humano.

En 1999 aparece por primera vez la terminología de “derechos humanos” plasmada en la constitución de Venezuela, enmarcándose así formalmente en los postulados internacionales sobre el reconocimiento y el compromiso de garantizar el cumplimiento de los mismos y sometiéndose al juicio internacional en caso de violaciones o incumplimientos en los cuales las autoridades locales no impartan justicia.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Título III: sobre los derechos humanos y garantías, comprende actualmente una cantidad de 117 artículos entre los cuales se establece el respeto y la protección de los derechos a la vida, la igualdad ante la ley, la honra, la libertad de conciencia, la libertad de expresión, de asociación, el derecho a la propiedad; también mencionan aspectos innovadores como los derechos de los pueblos indígenas, el medio ambiente y derechos culturales y educativos.

Pese a que Venezuela es un país pionero en la promoción de los derechos humanos, siendo referente en Latinoamérica y el mundo por tener una de las constituciones más democráticas, la realidad cambia rotundamente cuando pasamos de lo escrito a lo cotidiano.

En diversos momentos de la historia venezolana, gobiernos han hecho caso omiso a su deber de garantizar los derechos básicos de sus ciudadanos, casos como los asesinatos de la DIGEPOL y La Masacre de El Amparo, el Caracazo o los sucesos del 11 de abril de 2002 dan fe de esta discrepancia, sin embargo el actual régimen de gobierno que impera en Venezuela ha tenido un tratamiento particular sobre el tema de los derechos humanos.

Imagen de una de las víctimas de la Masacre de El Amparo

Durante 2014 se desarrolló un conjunto de protestas de iniciativa cívica estudiantil, motivadas al rechazo de problemas sociales como: inseguridad, escasez y el debacle económico que mantiene sometido al país con el índice inflacionario más alto de toda Latinoamérica. En el proceso, muchas de las garantías plasmadas en la constitución fueron violadas, dejando el saldo de 42 muertos a causa del excesivo uso de la fuerza y armas de fuego por parte de los efectivos de seguridad contra civiles; así mismo se registró la cantidad de 3123 detenidos, muchos de los cuales denunciaron haber sido víctimas de abuso físico y psicológico, tortura y trato humillante.

Estos casos al ser atendidos por las instancias judiciales demostraron un aberrante favoritismo frente a los funcionarios públicos, responsables de asesinatos y heridos que participaron en las protestas, mientras que con estos últimos, el Estado no garantizó ningún tipo de protección, dejándolos desamparados y aun peor, condenándolos por participar en “actos desestabilizadores”.

Muchas de las víctimas de las protestas en Venezuela durante 2014 eran personas jóvenes en el rango de los 20 a 30 años. La mayoría estudiantes.

Frente al silencio cómplice de los medios de comunicación nacionales, las cadenas internacionales cubrieron los eventos, lo cual provocó el cese de transmisiones de la cadena NTN24 y amenazas a CNN en Español por el programa “Conclusiones” que seguía muy de cerca, de la mano del periodista, Fernando del Rincón, los sucesos en el país.

Hasta ahora, se ha demostrado que los principios básicos de los derechos humanos, no tienen ningún valor en Venezuela, siendo evidente el incumplimiento a garantías como la vida, la igualdad, la preservación de la imagen y honra, la libertad de expresión y de conciencia. Esto nos lleva a preguntarnos ¿no hay organismos que puedan velar por los DDHH de los Venezolanos? La clave la conseguiremos un año antes, en el 2013, cuando una de las últimas medidas del fallecido presidente, Hugo Chávez se materializó con la salida de Venezuela ante la Convención Americana de Derechos Humanos.

Básicamente la CADH o Pacto de San José, es un compromiso donde los Estados miembros “comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción, sin discriminación alguna”. Ahora ¿Qué significa que Venezuela se haya salido de la CADH? El abogado, José Ignacio Hernández, explica:

Implica un retroceso histórico importante, pues los derechos humanos ya no estarán por encima del Estado venezolano. Por el contrario, el Estado venezolano será quien esté por encima de los derechos humanos, decidiendo en cada caso cuándo esos derechos han sido o no violados. El retiro de la Convención implica un Gobierno menos limitado y, por ello, un Gobierno más propenso al abuso del poder y a la corrupción.[2]

Así mismo, Hernández agrega que: “El retiro de la Convención implica, además, una menor protección a los derechos humanos y, por ello, una democracia más débil. Pues la democracia sólo puede realizarse a través de los derechos humanos, cuya protección ha quedado severamente disminuida.”

Queda claro que el actual régimen no tiene interés en preservar los derechos que forman parte de nuestra constitución desde sus orígenes en 1811. En este sentido y tomando en cuenta todo lo anterior, ¿valdrá la pena preguntarse a estas alturas, si en Venezuela se respetan los derechos humanos? ¿De qué sirve tener la constitución más democrática, cuando quien debe ejecutarla resulta ser un gobierno tiránico? Algo es seguro, no todo lo que se escribe con carácter constitucional es respetado, al menos no en Venezuela y lamentablemente esa es una realidad a la cual oponerse, puede costarte la vida.

NOTAS DE PIE

[1] Pérez Luño, Antonio Enrique (1984). Los derechos fundamentales. Madrid: Tecnos. págs. 32 y 33

[2] José Ignacio Hernández. Venezuela sale de la CIDH: ¿y ahora? Disponible en: http://prodavinci.com/2013/09/10/actualidad/venezuela-sale-de-la-cidh-y-ahora-por-jose-ignacio-hernandez/ [Consultado el 15 de septiembre de 2014]

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