Ordenan indemnizar a una joven musulmana por prohibirle bañarse con burkini en Termas de Cacheuta

La burkini es un traje de baño que cubre casi la totalidad del cuerpo, desde el tobillo a la cabeza, y solo deja al descubierto las manos, los pies y parte del rostro.

Una jueza de Paz ordenó que el complejo Termas de Cacheuta indemnice con $ 400.000 -en concepto de daño moral- a una turista de religión musulmana, a quien se le prohibió el ingreso a la pileta porque usaba una burkini.

El hecho ocurrió en diciembre del 2017, cuando la joven de 21 años intentó ingresar a las piletas del complejo, y se lo impidieron por no cumplir las reglas de vestimenta del lugar.

Tras esta situación, la joven demandó al parque de agua Termas Cacheuta -el hotel y spa, ubicado en Cacheuta, Luján de Cuyo- por “daños y perjuicios” y la jueza Norma Laciar de Luquez, del Sexto Juzgado de Paz, hizo lugar a la demanda planteada, condenando a la empresa a pagar la suma de 400.000 pesos, más los intereses legales pertinentes.

Desde la parte demandada se defendieron reivincando el derecho de admision y alegando que el hecho denunciado no constituyó “un acto discriminatorio” y que las reglas del Parque de Aguas cumplen “las exigencias legales dictadas por la autoridad competente”, además de encontrarse “difundidas y expuestas las condiciones del uso de sus piletas en la cartelería de ingreso”.

En tanto, la jueza consideró que se trataba de una situación discriminatoria, subrayando que el derecho de admisión no puede imponerse por sobre el de libertad religiosa.

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