Estados, Datos Abiertos y Protección de Datos Personales

¿Cómo resolver el dilema?

Open Data Charter
opendatacharter
6 min readJun 27, 2024

--

By Renato Berrino Malaccorto, Research Manager, Open Data Charter, Cecilia Galván, Directora de Investigación, Civic Compass and Joaquin Herrero, Investigador, Civic Compass.

Photo by Jan Antonin Kolar on Unsplash

El nuevo artículo conjunto entre Open Data Charter y Civic Compass se titula “¿Cómo dialogan las políticas de protección de datos con el acceso a la información y los datos libres?”. Ya disponible (ver links al final del blog), el artículo recopila información de 4 países europeos y 4 de Latinoamerica para comprender la manera en la que estos dos institutos interactúan dentro de los diferentes marcos regulatorios.

Punto de partida

Entre mayo de 2023 y enero de 2024, el Director de Investigación de Open Data Charter Renato Berrino Malaccorto escribió una investigación en conjunto con parte del equipo de Civic Compass, la unidad de conocimiento e investigación de Civic House. En particular, quienes participaron fueron Cecilia Galván y Joaquin Herrero, Directora de Investigaciones y Junior Associate respectivamente, con la colaboración de las asistentes de investigación Lucía Toledo y Micaela Lattanzi, y Valentina Gonzalez Sisto.

La intención de investigar sobre cómo dialogan la protección de datos personales con el acceso a la información pública nace del reconocimiento de un cambio de época: vivimos en la era de la datificación. En un contexto donde cada día se recogen más datos sobre cada individuo, a la vez que en paralelo los estados generan cada vez más y más información, las magnitudes de la información disponible e información a proteger hacen crujir las leyes desactualizadas. Es difícil imaginar cómo una ley escrita en papel puede regular un fenómeno que crece exponencialmente cada día. Del mismo modo, es difícil imaginar una ley que pueda dirimir la tensión que se genera en un contexto donde se exige al estado que publique cada vez más información y que, a su vez, proteja la privacidad de cada ciudadano.

“La importancia del derecho de acceso a la información y del derecho a la protección de datos personales, ambos derechos humanos fundamentales, plantea la necesidad de buscar un balance para poder ejercer ambos de manera complementaria, y que uno no ponga en peligro las garantías consagradas por el otro.” Extracto del artículo

Metodología

Tomando como casos de estudio a Alemania, España, Estonia, Hungría, Brasil, Chile, Colombia y México, se comenzó el análisis investigando cómo se configuraban los marcos regulatorios de cada país en torno a la protección de datos y el acceso a la información pública, analizando distintos indicadores. Una vez estructurada esa información, se analizaron los casos judiciales y administrativos en el país, con la finalidad de comprender cómo es que la justicia y/o otros entes dirimían las tensiones públicas entre estos dos principios. Asimismo, se estudiaron casos y ejemplos de incidencia de Sociedad Civil o de documentación (como por ejemplo el Reglamento sobre la Política Agrícola Común de la Unión Europea), en dónde la tensión entre ambos derechos está en juego. La pregunta que guía esta controversia es: ¿cómo hace el Estado para hacer pública su información, pero también proteger la privacidad de sus ciudadanos?

Por último, propusimos conclusiones, reflexiones y herramientas para pensar y trabajar en una coherencia entre ambas políticas. Algunos hallazgos destacados pueden verse a continuación.

Hallazgos principales

  • Es importante entender el ordenamiento jurídico para saber cómo están consagrados el Derecho de Acceso a la Información (y los Datos Abiertos) y la Protección de Datos Personales. Para esto es importante comprender el diálogo entre el derecho internacional y las normas locales. Si bien en algunos casos regionales encontramos una jerarquía normativa que no los iguala completamente, los mismos están contemplados en Tratados Internacionales y en la Constituciones de los países estudiados y deben ser entendidos complementariamente y no de manera excluyente. En el caso de América Latina no existen normas comunitarias, pero en el caso de Europa la Protección de Datos ha tomado un impulso muy fuerte con el RGPD, de carácter vinculante para los Estados miembro y de gran influencia en países de América Latina. A cinco años del comienzo de su implementación, es importante tener en cuenta lecciones para su aplicación a futuro.
  • En el diseño administrativo y en pos de lograr una coherencia de políticas, es importante traer a colación las distintas estructuras organizacionales que pueden tener las autoridades de aplicación. Encontramos autoridades que rigen la aplicación de ambos derechos, mientras en algunos países hay autoridades para cada uno de ellos. Es menester que tanto si están bajo la misma órbita como si no, trabajen en sinergias en la salvaguarda de ambos derechos interconectados para garantizarlos.
  • Los rankings analizados nos permiten también entender y explorar la diferencia entre la estructura normativa y el desempeño en la práctica. Que un país esté bien rankeado puede hablar de su estructura robusta normativa pero no necesariamente la performance va de la mano. En este punto es fundamental la relevancia de las Organizaciones de la Sociedad Civil que acompañan las políticas, controlan, y dan vida a los reclamos.
  • Nos parece fundamental destacar la importancia de la temporalidad del derecho (tanto a la necesidad de que la información pública y los datos estén actualizados de manera periódica, como a la importancia de que los pedidos de Acceso se respondan en plazos razonables, y que las resoluciones administrativas y judiciales no demoren demasiado). Las demoras, en la práctica, limitan el derecho a saber.
  • Otra barrera al Derecho de Acceso que vale la pena mencionar es la no gratuidad de la información. El libre acceso a la información es una garantía para acceder a este derecho llave. Las licencias abiertas colaboran en este sentido.
  • Es interesante tener en cuenta también las tendencias en la resolución de controversias y qué patrones hay al momento de dirimir las tensiones. Podemos cotejar que en la mayoría de los casos que llegan a instancia judicial, la decisión suele ser a favor de otorgar el Acceso a la Información Pública, mientras que en otros tipo de ejemplo que no llegan al Poder Judicial el balance no está tan claro y va variando de acuerdo a situaciones y temáticas.
  • En este punto es clave también identificar sobre qué temática concreta versa la controversia entre ambos institutos. Como mencionamos, ninguno de los derechos es absoluto, y tribunales jerárquicos en ambas regiones se han encargado de dejar esto claro cuando están en juego temáticas que consideran claves e inherentes para las sociedades democráticas, el interés público y el bien común (como temas medioambientales o cuestiones de integridad pública).
  • Cada región también demostró particularidades en la ponderación de estos derechos con terceros derechos. En América Latina se ha fallado a favor del Acceso en casos de Lesa Humanidad, mientras que en Europa vimos casos que fallan a favor del Acceso cuando está en juego la libertad de expresión e información.
  • Hemos visto ejemplos actuales, en ambas regiones, en los que a través de la Protección de Datos se limita el Acceso a información clave, por ejemplo en los casos de registros de titularidades reales o de fondos públicos en la Unión Europea, o en términos de datasets medioambientales en América Latina.

El camino hacia adelante

La importancia del derecho de acceso a la información y del derecho a la protección de datos personales, ambos derechos humanos fundamentales, plantea la necesidad de buscar un balance para poder ejercer ambos de manera complementaria, y que uno no ponga en peligro las garantías consagradas por el otro. Existen distintas propuestas y técnicas que nos permiten seguir trabajando en datos abiertos por una sociedad más democrática y justa, respetando el derecho a la privacidad (desde leyes modelos que contemplan datos abiertos y también el derecho a la privacidad, guías o estándares que nos permiten aplicar un tratamiento a los datos cuidando la Privacidad pero sin negar el Acceso, hasta principios y bases éticas en materia de Datos). Establecer objetivos y una planificación clara tanto en políticas de Acceso como de Protección permiten a las administraciones entender las normativas vigentes, las demandas, los recursos, la identificación de riesgos, y la toma de medidas necesarias para mitigarlos o prevenirlos.

Los datos abiertos y el derecho a la privacidad no sólo son compatibles, sino que deben ser entendidos en armonía para la correcta aplicación de ambos y para el resguardo de los derechos humanos.

Desde Open Data Charter y Civic Compass seguiremos trabajando de manera conjunta presentando los hallazgos en distintos foros, generando evidencia y conciencia sobre la necesidad de balance de ambos derechos, replicando la investigación para más países y aspirando a conocer y aprender sobre más casos prácticos.

Si te interesa la temática y tienes opiniones, casos o ideas para compartir, puedes escribirnos a info@opendatacharter.org

Además, puedes acceder a la investigación en español en este link y en inglés en este link.

--

--

Open Data Charter
opendatacharter

Collaborating with governments and organisations to open up data for pay parity, climate action and combatting corruption.