ABC de la NUEVA Firma Electrónica DIAN

Jonatan Meza
Peña Molina & Asociados
3 min readAug 13, 2020

A través de La Resolución 000080 del 2020, la DIAN establece los nuevos lineamientos para la emisión de la firma electrónica (IFE). El objetivo de esta nueva versión es optimizar y agilizar el uso de los servicios informáticos de acuerdo al plan desarrollo 2018–2022.

Teniendo en cuenta lo anterior la administración de impuestos ha dado respuesta a las inquietudes más comunes de la siguiente forma:

¿Qué es la nueva firma electrónica?

Lo primero que debes saber es que la nueva Firma Electrónica es un instrumento que te permite, como usuario, generar la formalización de tus transacciones a través de un mecanismo más moderno. En todos los casos la firma electrónica reemplaza tu firma autógrafa para las diferentes obligaciones que cumplas ante la DIAN.

¿Qué beneficios trae?

  • Simplicidad en el acceso y generación
  • Reduce la cantidad de pasos para su generación
  • Se elimina las preguntas de configuración y recordación de contraseña
  • En caso que se olvide la clave se puede realizar el proceso sin límites de intentos
  • El mecanismo puede ser solicitados por personas obligadas a tener firma, y quienes deseen cumplir sus obligaciones y trámites ante la DIAN por medios virtuales

¿Cuál es el tiempo de uso vigencia?

La vigencia es de 3 años contados a partir que se culmine el procedimiento de generación del instrumento de firma electrónica (IFE), para quienes de manera voluntaria deseen generan el instrumento (FE)

¿En casos se puede generar la nueva firma electrónica ?

Se habilita para todas las personas obligadas a tener firmar electrónica y además a las que deseen presentar sus declaraciones tributarias y operaciones de pago en forma virtual, las cuales se denominaran suscriptores, con la nueva firma electrónica se podrá realizar los siguientes tramites a través de la pagina:

  • Realizar una solicitud de devolución y/o compensación de un saldo a favor
  • Operaciones aduaneras
  • Solicitud de autorización de numeración de facturación
  • Residente en el exterior y declarante en Colombia

La DIAN reglamentará el uso de firma electrónica de cada uno de sus trámites y operaciones.

¿Qué pasa con los que vienen usando el antiguo mecanismo firma electrónica?

La pueden seguir usando hasta su fecha de vencimiento, sin embargo, se pueden cambiar a la nueva versión en cualquier momento.

¿Cómo se realiza se realizará la generación del instrumento de firma electrónica para los suscriptores?

Se realizará por medio de auto gestión en el sitio de oficial de la Dian, deberán tener actualizado el RUT, aceptar mediante acuerdo, las responsabilidades frente a la firma

Compartimos infografía con el paso a paso de la Nueva Firma Electrónica

Fuente: DIAN

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

Lo invitamos a consultar nuestro sitio COVID19, donde encontrará toda la información que hemos generado en torno a la Emergencia Económica.

Puedes seguirnos en otros medios AQUÍ

--

--

Jonatan Meza
Peña Molina & Asociados

Contador Público, Especialista en Tributación. Consultor de Impuestos en Peña Molina & Asociados