Beneficios a Contribuyentes del Distrito de Barranquilla

Acuerdo 007 de 2021

Rodolfo Peña
Peña Molina & Asociados
3 min readAug 10, 2021

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Photo by Sue Carroll on Unsplash

El pasado 3 de agosto de 2021, fue publicado por la Alcaldía de Barranquilla el Acuerdo 007 de 2021 por el cual se conceden algunos beneficios tributarios en el Distrio de Barranquilla, los cuales son:

Excención del Impuesto Predial a Pensionados

  • Están exentos del impuesto predial unificado en un 100% los predios exclusivamente residenciales nuevos o usados que adquieran personas naturales pensionadas no propietarias de predios en el Distrio de Barranquilla en el momento de su adquisición y fijen como residencia habitual el predio que tiene la exención.
  • La exención tendrá un período de 10 años contados a partir del período gravable siguiente al de la adquisición por parte del pensionados como propietario mayoriatrio y se mantendrá mientras el pensionado conserve tal calidad y mantenga su residencia habitual en el predio.

Facilidades de Pagos a Contribuyentes Morosos

Los contribuyentes que se encuentren en mora en el pago de:

  • Impuesto Predial unificado
  • Impuesto de industria y comercio, avisos y tableros y sobretasa bomberil
  • Contribución por valorización
  • Tasas de derechos de tránsito
  • Cualquier otro impuesto distrital
  • Que estén en procesos de cobro coactivo

Tendrán derecho a obtener por cada vigencia fiscal un beneficio a través de una facilidad de pago de acuerdo con las siguientes condiciones:

  • Los Contribuyentes que pagen hasta el 15 de octubre de 2021 el porcentaje del tributo y/o las sanciones en mora indicadas en el cuadro siguiente, se les otorgará una facilidad de pago automática de 12 cuotas mensuales por el porcentaje el saldo pendiente de la obligación, del porcentaje de las sanciones y del porcentaje de los intereses causados que se incluirán a pagar en la facilidad de pago automática. Para acceder al beneficio el contribuyente deberá efectuar el pago de la siguiente manera:
  • Los Contribuyentes que pagen desde el 16 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2021 el porcentaje del tributo y/o las sanciones en mora indicadas en el cuadro siguiente, se les otorgará una facilidad de pago automática de 12 cuotas mensuales por el porcentaje el saldo pendiente de la obligación, del porcentaje de las sanciones y del porcentaje de los intereses causados que se incluirán a pagar en la facilidad de pago automática. Para acceder al beneficio el contribuyente deberá efectuar el pago de la siguiente manera:

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

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Rodolfo Peña
Peña Molina & Asociados

Sigo a Jesús • Miembro de IBDC • Consultor en PM&A • Colaborador en Lumbrera • Casado con Yoha • Papá de Vale • Tío de Liam