Inspecciones Virtuales y Cambios en Solicitud de Devoluciones (Decreto 807)
Con la emisión del Decreto 807, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece algunas medidas, dentro de las cuales destacamos las siguientes:
Procedimiento abreviado de solicitud de saldos a favor
Hasta el 19 de junio de 2020, los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas IVA que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria se les autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor mediante el procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma (según lo establecido en el Decreto 535).
Las solicitudes de devolución y/o compensación que se encuentren en trámite a través del procedimiento abreviado al 19 de junio de 2020, finalizarán con este procedimiento, incluidas aquellas que fueron inadmitidas y se radiquen dentro del mes siguiente a su inadmisión, conforme con lo previsto en el parágrafo 1 del articulo 857 del Estatuto Tributario.
Inspecciones y visitas virtuales por parte de la DIAN
La DIAN establece que, mientras permanezca vigente la emergencia sanitaria, podrá realizar inspecciones tributarias virtuales, inspecciones contables virtuales, visitas administrativas virtuales de inspección, vigilancia y control en materia tributaria y de control cambiario. Estas visitas serán decretadas mediante auto que se notificará por correo o electrónicamente.
Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.
Lo invitamos a consultar nuestro sitio COVID19, donde encontrará toda la información que hemos generado en torno a la Emergencia Económica.