Proyecto de Reforma Tributaria: Ley de Inversión Social

Rodolfo Peña
Peña Molina & Asociados
4 min readJul 24, 2021

Teniendo como antecedente el proyecto de Ley 594 llamado “Ley de la solidaridad sostenible” radicado el 5 de abril del año 2021 por el Gobierno Nacional, que generó varias protestas sociales e incluso la renuncia del Ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla, y que finalmente fue retirado del Congreso, el pasado 21 de julio de 2021, fue radicado un nuevo proyecto de Ley en cabeza del nuevo Ministro de Hacienda (José Manuel Restrepo) con el nombre de “Ley de Inversión Social”.

En esta publicación les resumimos los principales cambios en materia tributaria que busca implementar el Gobierno y que nos permitirá iniciar la planeación de estrategias fiscales con suficiente anticipación.

Impuesto de Renta Personas Jurídicas

  • Se propone incrementar la tarifa general del impuesto sobre la renta al 35% a partir del año 2022, esta tarifa estaba establecida en el 30%.
  • Se extendería la obligación de liquidar 3 puntos adicionales al Impuesto de Renta por parte de las instituciones financieras que tengan una renta gravable superior a 120.000 UVT ($4.357 millones) hasta el 2025.
  • Para establecer el valor comercial de los inmuebles, los notarios deberán hacer uso del sistema de georreferenciación, creado por la DIAN.
  • El descuento tributario de ICA se mantendría en el porcentaje del 50%, que está establecido actualmente en el 100% a partir del año 2022.

Impuesto de Normalización Tributaria

  • Se reincorporaría este tributo nuevamente, con el objeto de normalizar activos omitidos o pasivos inexistentes, con una tarifa del 17%.
  • En caso de reinversión de los recursos repatriados por un término no inferior a dos años, la base gravable de este tributo se reducirá en un 50%.
  • Los activos omitidos o pasivos inexistentes deberán incorporarse en la declaración de renta y complementarios o sus regímenes sustitutivos y no generarán renta por comparación patrimonial, ni sanción en el impuesto de renta, sus regímenes sustitutivos, IVA, precios de transferencia, información exógena ni en la declaración anual de activos en el exterior.
  • Solo estará vigente por el año 2022 y durante el 2021 se deberá liquidar un anticipo del 50%

Impuesto a las Ventas

  • Se modificarían las reglas de los tres días sin IVA, manteniéndose la mayoría de requisitos y características que habían sido establecidas.
  • Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 la exención transitoria de IVA para los servicios de hotelería y de turismo a residentes en Colombia.

Procedimiento Tributario y Obligaciones Formales

  • La DIAN podrá inscribir de oficio en el RUT a cualquier persona natural, que sea sujeto de obligaciones administradas por la entidad de acuerdo con la información que disponga

Factura electrónica

  • La no transmisión en debida forma de los documentos del sistema de facturación (que incluirá todo los documentos elecrónicos) dará lugar a la sanción por no enviar información o enviarla con errores
  • La expedición de los documentos que hacen parte del sistema de facturación sin los requisitos establecidos dará lugar a la sanción por expedir facturas sin los requisitos y la no expedición de los documentos que hacen parte del sistema de facturación dará lugar a la sanción por no facturar.
  • Cuando la venta de un bien y/o prestación del servicio se realice a crédito o de la misma se otorgue un plazo para el pago, el adquirente deberá confirmar el recibido de la factura electrónica de venta y de los bienes o servicios adquiridos mediante mensaje electrónico remitido al emisor para la expedición de la misma para que dicha factura electrónica de venta se constituya en soporte de costos, deducciones e impuestos descontables.
  • El documento equivalente POS solamente se podrá expedir cuando la venta del bien o servicio no supere cinco (5) UVT ($182 mil). Lo anterior será aplicable de conformidad con el calendario que para tal efecto expida la DIAN.

Medidas para Promover la Vinculación Laboral

  • Se amplia de julio de 2021 hasta diciembre de 2021 el Programa de Apoyo al Empleo Formal — PAEF, únicamente para aquellos potenciales beneficiarios que para el periodo de cotización de marzo de 2021 hubiesen tenido un máximo de cincuenta (50) empleados. Los beneficiarios podrán solicitar, el aporte estatal que otorga el Programa por una vez mensualmente, para las nóminas de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, entre otras modificaciones.
  • Se crea el incentivo a la generación de nuevos empleos que permitirá financiar costos laborales como los pagos de seguridad social y parafiscales, y el cual estará dirigido a los empleadores que generen nuevos empleos mediante la contratación de trabajadores adicionales.

Austeridad y Eficiencia del Gasto

  • Se establece un límite para el crecimiento anual por la adquisición de bienes y servicios de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación (PGN), que no podrá superar la meta de inflación para cada año en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
  • Se modifican varias disposiciones de la ley 1473 de 2011 para redefinir la regla fiscal, tal y como lo hacía el proyecto inicial, pero esta nueva versión trae algunas modificaciones.

Otros

  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la exención del pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico para los prestadores de servicios turísticos con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo.

Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.

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Rodolfo Peña
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Sigo a Jesús • Miembro de IBDC • Consultor en PM&A • Colaborador en Lumbrera • Casado con Yoha • Papá de Vale • Tío de Liam