LAS MÁXIMAS DE GRICE Y LAS DECLARACIONES JUDICIALES

A partir de la lectura de clase “Análisis pragmático de las máximas griceanas en textos orales y escritos”, entendimos cuáles son los principios pragmáticos presentes en los textos a partir de la teoría de Paul Grice. A modo de resumen, los 4 principios son: las máximas de cantidad (ni más ni menos información que la estrictamente necesaria), de calidad (contribución que sea veraz), de relación (pertinente al tópico en cuestión) y de modo (siendo claro y breve, evitando ambigüedades). Otro concepto que incluye en su teoría es el principio de cooperación, donde es necesario cumplir todas las máximas, aun que no siempre que se que cumplen todas, se está cooperando.

Me pareció interesante comprobar si estos principios se cumplían si hacíamos un análisis de las declaraciones que tienen lugar durante un juicio. Buscando diálogos sobre sentencias reales para analizarlos, encontré un vídeo de una interpretación sobre un juicio real de un asesinato de una madre hacia su hija que tenía esquizofrenia paranoide (presenta agresividad y alucinaciones principalmente) con un martillo. La duda que se intentaba resolver era si el homicidio tuvo lugar como defensa personal hacia los ataques recibidos o si fue intencionado. El vídeo es el que siguiente:

Cuando se trata de un proceso judicial, en muchas ocasiones, a los acusados les conviene no cooperar para no ser sentenciados. Lo normal en las declaraciones escritas genuinas y colaborativas es comenzar relatando un suceso previo y proceder a describir lo que ocurrió, tal y como hace la acusada en este caso.

Tras el análisis del vídeo, quise comprobar si cada una de las personas que intervienen cumplen con estos principios o no. En primer lugar, durante los alegatos de apertura, el fiscal no cumple la máxima de calidad, ya que intenta que la acusada sea culpaba por el homicidio omitiendo datos que conocía, a diferencia de la defensa que cuenta todo lo que considera como verídico. Lo mismo sucede con la presentación de las pruebas y con los testigos, todos cooperan con la situación. La única que muestra una clara falta de máxima de calidad y modo, es la hermana de la acusada, ya que su testimonio está lleno de ambigüedades y supone parte de la información que relata sin saber si es cierta. Deduzco que su objetivo principal no era otro, que el de cooperar con la acusada, aunque parezca contradictorio a lo propuesto por la teoría, por lo que se trata de un acto ilocutivo (fin concreto en el habla). Finalmente, la acusada queda absuelta del delito.

En conclusión, la respuesta a la pregunta implícita en este análisis: ¿es la teoría de Paul Grice aplicable a la interpretación jurídica? Yo diría que sí, en términos cooperativos.

--

--