Promoción y protección

Luis Britto García recomienda reevaluar las leyes de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras.

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2 min readNov 12, 2017

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Por Luis Britto García

1 Celebramos que hace doce años la República Bolivariana de Venezuela obtuvo su más resonante triunfo internacional al derrotar el Alca, el tratado que intentó impedir a los países latinoamericanos proteger sus industrias. Pero el Alca, como Terminator, cada vez que es derrotado regresa en una forma más terrible. En el más absoluto secreto se prepara para que la sancione la Asamblea Nacional Constituyente una Ley Terminator que, como todas las de su especie, seguramente promoverá y protegerá las inversiones de los extranjeros otorgándoles más derechos que a los desprotegidos venezolanos.

2 Si la Ley Terminator fuera tan buena, deberíamos conocerla todos los compatriotas, para apoyarla y aclamarla. Sucede lo contrario: los únicos que no la conocemos somos los venezolanos. Mientras se le da la debida publicidad, podemos señalar que todos los proyectos conocidos de Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras, sin excepción, contemplan el otorgamiento discrecional de las siguientes ventajas para las empresas transnacionales: Exenciones arancelarias, desgravámenes impositivos, bonificaciones de impuestos e inmunidad contra las reformas de leyes tributarias. También, condiciones más ventajosas que para los nacionales en materia de créditos, subsidios, disposición de materias o insumos administrados por la República, y compra por esta de la producción transnacional. En fin, cualquier otra ventaja que se decida acordarles por su condición de extranjeras.

3 Entre estos privilegios que todas las leyes de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras conceden a los fuereños, resalta la inmunidad contra las reformas tributarias. En general estas normas pautan que el Estado podrá subir los impuestos a los desprotegidos nacionales, pero no a las transnacionales.

4 Esperamos que el secreto Proyecto de Ley Terminator no incluya disposiciones como las mencionadas. Si así fuera, transnacionales extranjeras guapas y apoyadas por el Estado con exenciones, desgravámenes, créditos, subsidios y materias primas barrerían en breve plazo toda desprotegida producción nacional, sin tener siquiera que pagarnos los correspondientes impuestos.

5 Recordemos que, por el contrario, en las Ideas fundamentales para la Constitución Bolivariana de la V República, dirigidas por el Comandante Hugo Chávez Frías a la Soberanísima Asamblea Nacional Constituyente en septiembre de 1999, el Presidente proponía: “La República se reserva el derecho de defender las actividades económicas de su empresa nacional”. Rememoremos que, en consonancia con ello, el artículo 301 de la Constitución estatuye que “el Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a personas, empresas u organismos extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales”. La inmensa mayoría aprobamos dichas normas en referendo.

Publicado originalmente en el blog del autor

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