Conflictos de interés: Declaración Comité Organizador

Salud en todas
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4 min readMay 11, 2016
Thomas Hawk flickr cc

El Comité Organizador del IV Congreso Chileno de Salud Pública y del VI Congreso Chileno de Epidemiología, integrado por la Escuela de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, la Sociedad Chilena de Epidemiología (SOCHEPI), la Sociedad Chilena de Salubridad (SOCHISAL) y la Red Chilena de Instituciones formadoras en Salud Pública, elabora estas recomendaciones en el contexto del desarrollo de ambos Congresos, con el fin de compartir con todos los actores de la Salud Pública y la Epidemiología chilena las orientaciones que regirán la relación con auspiciadores y patrocinadores de los eventos mencionados.

La siguiente es una recomendación a todos los socios, integrantes o participantes de las 4 entidades organizadoras en relación a las prácticas que se tendrán en cuenta con respecto a los eventuales conflictos de interés con actores del sector y de la industria de la Salud, y a su vez constituye una declaración que permita mantener en un marco ético las relaciones de este Comité y sus integrantes con las empresas que apoyan esta actividad.

Principios Generales:

- El Comité Organizador y cada una de sus 4 instituciones integrantes son responsables de explicitar oportunamente los potenciales conflictos de interés involucrados en las relaciones que se establezcan con organizaciones, instituciones o empresas auspiciadoras o patrocinadoras.

- El Comité Organizador y cada una de sus 4 instituciones integrantes promoverá el desarrollo de la Salud Pública y de la Epidemiología como disciplinas de carácter técnico, profesional y académico, siempre en aras de poder mejorar la capacidad del sector Salud en mejorar el nivel de Salud de nuestras comunidades y población.

- El Comité Organizador y cada una de sus 4 instituciones integrantes no participaran en la promoción o comercialización directa o indirecta de productos de carácter comercial relacionados al sector salud, siempre velando por los contenidos promocionales que sean vertidos al interior de ambos eventos.

- Dado el carácter de ambos congresos el Comité Organizador y cada una de sus 4 instituciones integrantes define que cualquier donación, patrocinio o apoyo será autorizado por unanimidad de sus integrantes y que bajo ningún motivo aceptará donaciones, apoyo o auspicio de cualquier índole proveniente de organizaciones, instituciones o empresas vinculadas directa o indirectamente en la producción, distribución, publicidad, marketing o el patrocinio de:

o Tabaco y sus productos.

o Alcohol para su consumo y sus productos.

o Armas.

o Industria farmacéutica y sus filiales.

o Industria del área alimentaria cuestionada en relación a sus productos y a sus prácticas en el área de la salud y en el ámbito comercial.

o Empresas del sector salud (aseguradora o prestadora) con fines de lucro.

o Aquellas que ejerzan prácticas reconocidas y aceptadas como negativas tales como: Violación de los Derechos Humanos, Violación de los Derechos del Niño(a), Violación de los Derechos del Patrimonio de Pueblos Originarios, Atenten contra el Medio Ambiente, Animales, prácticas reñidas con la ética a nivel Comercial, prácticas comerciales discriminatorias o denigrantes.

o Toda aquella organización, empresa o institución que quiera participar y que no cuente con el consenso unánime de las 4 instituciones dentro del Comité.

Recomendaciones particulares:

- El Comité Organizador y cada una de sus 4 instituciones integrantes son responsables de velar porque las exposiciones comerciales en los stands dispuestos en ambos eventos deben ser exclusivamente para fines educativos, promocionales o comerciales de organizaciones, instituciones o empresas autorizadas, y que sea abierto específicamente para asistentes a la actividad debidamente inscritos o invitados. Ejemplos:

o Productos asociados a temas de Promoción de la Salud y Estilos de Vida Saludables.

o Productos impresos, documentos o libros como herramientas de la disciplina de Salud Pública, o como producto comercial asociado al Arte y a la Cultura.

o Organismos del Estado o Internacionales (OPC/OMS)

o ONGs del sector Salud y que cumplan con los principios generales.

o Empresas, Organismos o Instituciones que cumplan con los principios generales.

- Se especificará claramente el reconocimiento al patrocinio de la actividad, pero resguardando los principios generales y evitando el uso de nombres comerciales de productos.

- Se vigilará la presencia de conflicto de interés (se debe comunicar por escrito en forma explícita) en el caso de Coordinadores, Moderadores, Ponentes, etc., que reciban algún tipo de financiamiento total o parcial, así como la participación de familiares directos en algunas de las actividades mencionadas.

- No se permitirá el uso de material de promoción comercial en medios audiovisuales en las sesiones ampliadas y de presentación de trabajos.

- La presentación de los Trabajos Científicos y su respaldo ético será una responsabilidad del Comité Científico y que se debe ligar con el presente documento.

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Enfrentando la Crisis· IV Congreso Chileno de Salud Pública y VI Congreso Chileno de Epidemiología, 1-2 diciembre 2016. Universidad Católica del Norte, Coquimbo